La Audiencia de Murcia acepta que un hombre reduzca la pensión a su mujer por la disminución de ingresos en su empresa
MURCIA, 25 (EUROPA PRESS)
La pensión compensatoria a favor de la mujer se estableció debido a que se casó con el empresario en 1974 y tuvo tres hijos, habiéndose dedicado a tareas domésticas y familiares. El matrimonio duró hasta el año 2007, y la mujer tiene en al actualidad 60 años y ninguna cualificación profesional.
El propietario de la empresa interpuso una demanda solicitando que se redujera la cuantía de la pensión compensatoria de 2.000 euros mensuales a 800 euros mensuales. Para ello alegaba que sus ingresos se habían visto notablemente reducidos, al caer el volumen de ventas de su negocio siendo preciso restablecer el equilibrio patrimonial mediante una ampliación de capital de dicha sociedad.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia desestimando la demanda, al considerar que para modificar la cuantía de la pensión compensatoria hubiera sido necesario acreditar los beneficios reales que obtuvo el hombre en 2007, puesto que la sentencia que fijó la pensión se dictó en diciembre de 2008, y cuáles fueron los que percibió en 2009, ya que la demanda de modificación de medidas se presentó en julio de 2010.
Aparte de ello, tuvo en cuenta el juez 'a quo' que el valor del fondo de comercio de la empresa del actor era "muy superior" al que resultaba de las declaraciones fiscales que se realizaban.
Sin embargo, el individuo presentó un recurso de apelación en el que sostenía que, desde el año 2007 hasta la actualidad, se había producido una "importantísima disminución de ingresos, habiendo dado marcha atrás en distintas inversiones".
Además, según recogía un informe pericial su empresa había pasado de unos beneficios de 16.916 euros en 2004, a unas pérdidas de 32.256 euros en 2009, de manera que las pérdidas registradas habían absorbido la cifra de capital escriturado.
Finalmente, la Audiencia consideró procedente la disminución de la pensión a 1.400 euros mensuales.