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Los cambios en los informes de auditoría: consejos prácticos para entenderlos

    Auditoría de cuentas (Archivo)


    En estas fechas en que se presentan las cuentas anuales, los interesados en las mismas verán cambios muy significativos en lo que hace referencia al informe de auditoría que acompaña a esta información.

    Estos cambios correspondientes a las cuentas anuales del ejercicio 2010, hacen referencia a la redacción de algunos de sus párrafos, ya que se ha aprovechado para hacerlos más comprensibles, pero los cambios más transcendentales afectan a su estructura y a la forma de plasmar en el informe las diferentes incidencias que pueden surgir en una auditoría y es evidente que para la adecuada comprensión hay que familiarizarse con el nuevo enfoque de los aspectos más relevantes.

    En primer lugar, los tipos de opinión no han variado con respecto a las anteriores y siguen siendo: favorable (sin incidencias de ningún tipo); con salvedades; desfavorable y denegada. Las opiniones desfavorables y denegadas tienen un mayor nivel o significación de incidencias que la opinión con salvedades.

    Lo más útil para poder entender esta nueva forma de emitir los informes de auditoría, es poder distinguir los diferentes párrafos que incluyen y su significado. Contendrán siempre dos párrafos que se denominan de "alcance" (es siempre el primero) y de "opinión" (es el que se manifiesta el tipo de opinión). Si entre ambos párrafos no se incluye ningún otro, la opinión de auditoría que debe mostrar el informe será sin salvedades. Por el contrario, si se incluyen uno o más párrafos, éstos estarán destinados a describir las salvedades que el auditor ha considerado poner de manifiesto.

    Estas salvedades generalmente son de dos tipos. Por un lado recogerán las limitaciones al alcance del trabajo del auditor y, por otro, los incumplimientos de principios y normas contables por parte de la entidad auditada (incluidas las omisiones de información). En este apartado se introduce el cambio más importante de esta nueva normativa en relación con la anterior, ya que anteriormente eran causa de salvedades las incertidumbres y ahora no, reportándose estás en caso de ser necesario, en otro tipo de párrafos llamados "párrafos de énfasis".

    En caso de que se incluyan salvedades en el informe, dependiendo de la magnitud y consideración de ellas, el auditor emitirá un tipo u otro de opinión. Se dará una opinión con salvedades si los efectos de éstas, son significativos, y podremos distinguir esta circunstancia ya que en el párrafo de opinión se incluirá la expresión "excepto por".

    El auditor emitirá una opinión desfavorable o denegada, en el caso de que los efectos de las salvedades sean muy significativos. La opinión desfavorable surgirá como consecuencia de incumplimientos muy significativos de las normas contables y la denegada por limitaciones en el alcance del trabajo del auditor muy significativas.

    La distinción entre ambos tipos de opinión es fácilmente reconocible con una simple lectura del párrafo de opinión. Así, si nos encontramos ante una opinión desfavorable en el citado párrafo veremos que se indica "(...) las cuentas anuales del ejercicio 20XX adjuntas no expresan la imagen fiel (...)". Mientras que para el caso de una opinión denegada figurará en el párrafo de opinión la expresión "(...) no podemos expresar una opinión sobre las cuentas anuales (...)".

    Importancia de los párrafos de énfasis

    Cuando el auditor considera necesario destacar un hecho reflejado en las cuentas anuales de la entidad auditada, puede hacerlo introduciendo un "párrafo de énfasis". Estos párrafos pueden distinguirse del resto, ya que van siempre ubicados inmediatamente después del de opinión y se menciona expresamente que esta circunstancia no afecta a la opinión.

    Esta forma de reportar se utiliza principalmente para indicar la existencia de una incertidumbre significativa, entendiéndose por incertidumbres aquellas circunstancias cuyo desenlace depende de acciones o hechos futuros y que pueden afectar a las cuentas anuales auditadas. Sólo en casos extremos y ante múltiples incertidumbres (interrelacionadas) cuyo efecto pueda ser muy significativo, el auditor podría considerar apropiado denegar la opinión en lugar de incluir un párrafo de énfasis y, en este caso, las incertidumbres se describirían como párrafos de salvedades, situándose antes del párrafo de opinión.

    Aparte de los párrafos mencionados, pueden existir otro tipo de párrafos denominados "de otras cuestiones". Estos tienen la finalidad de resaltar para el usuario de las cuentas anuales algún asunto relevante para el entendimiento de la auditoría, las responsabilidades del auditor o de su informe. Se incluyen, en su caso, después del párrafo de énfasis y por tanto después del párrafo de opinión. Con la normativa anterior en algunos casos este tipo de párrafos eran utilizados, pero se colocaban después del párrafo de alcance.

    En aquellos casos en que la entidad, ya sea por estar obligada o voluntariamente, presente el informe de gestión, el auditor incluirá un párrafo final en su informe que versará principalmente sobre la concordancia de la información del informe de gestión con la que figura en las cuentas anuales. En el caso de existir contradicciones éstas se describirán en este párrafo. La utilización de este tipo de párrafos por parte del auditor con la normativa actual es idéntica a la que se hacía con la anterior.

    Imagen fiel de las cuentas anuales

    Los usuarios de las cuentas anuales a la hora de interpretar los informes de auditoría deben tener en cuenta, que éstos informan principalmente por excepción. Es decir, que si las cuentas anuales expresan la imagen fiel, no ha habido limitaciones en su trabajo y no hay hechos importantes a resaltar (tanto los relacionados con las cuentas anuales o con su auditoría), el auditor en su informe sólo incluirá el párrafo de alcance y el de opinión, además del correspondiente al informe de gestión, si este se presentará conjuntamente a las cuentas anuales.

    Si el auditor introduce más párrafos, hemos de identificarlos como de salvedades, de énfasis o de otras cuestiones y leerlos detenidamente, ya que en todos los casos la información que incluyen, a juicio del auditor es relevante para el usuario de las cuentas anuales.

    Finalmente decir que con respecto a la anterior normativa sobre informes, la nueva normativa introduce cambios relevantes de fondo (por ejemplo el nuevo tratamiento de las incertidumbres), cambios orientados a una mejor ordenación y clasificación de los diferentes párrafos y otros cambios de terminología para adaptarlos mejor a las circunstancias actuales. Esta nueva normativa también constituye, sin lugar a dudas, una mayor aproximación a la que impera internacionalmente, que está principalmente basada en la normativa emitida por la "IFAC" (organización de ámbito internacional de auditores).