El CES pide que el físico y el origen se fijen como causas de discriminación
La inclusión de la apariencia física y la nacionalidad entre la batería de posibles motivos de discriminación que recoge el Anteproyecto de Ley integral para la igualdad de trato y no discriminación, es una de las principales peticiones hechas por el Consejo Económico y Social (CES) en su dictamen sobre el Anteproyecto.
Pero además, el CES hace otra serie de consideraciones al Anteproyecto, como es la conveniencia de incluir la "prohibición por omisión", entre los motivos de discriminación expresamente prohibidos en el texto, junto con "cualquier conducta, acto, criterio o práctica que atente contra el derecho a la no discriminación". Y es que, el CES considera que sería conveniente "en tanto que puede igualmente atentar contra la igualdad de trato y generar situaciones de discriminación".
También, a su juicio, dentro del apartado dedicado al derecho a la igualdad de trato y no discriminación en el empleo y el trabajo por cuenta ajena, "se debería incluir también la suspensión del empleo entre los aspectos relativos al empleo que deben estar exentos de cualquier tipo de discriminación".
Legitimación de las empresas
Por otra parte, el Consejo solicita que dentro de las organizaciones legitimadas para defender estos derechos se incluya a las organizaciones empresariales, que ahora no se mencionan. Además, estima necesario limitar la legitimación activa en el orden social "sólo a las organizaciones empresariales y sindicales más representativas".
En relación con el procedimiento administrativo, el CES aboga por la inclusión de las organizaciones empresariales -tampoco mencionadas en el texto actual-, de las organizaciones empresariales como interesados en el procedimiento incoado por causa de discriminación.
Por otro lado, critica la redacción del precepto relativo al principio de prueba que "puede dar lugar a interpretaciones que generen indefensión" y aboga por establecer que la prueba corresponderá a la parte demandada una vez constatados los indicios de vulneración de la igualdad de trato alegados.
Asimismo, llama la atención sobre la regulación en el ámbito de la negociación colectiva, ya que, en su opinión, "no guarda la necesaria coherencia con las previsiones del Estatuto de los Trabajadores, pudiendo generar confusión".
Además, advierte sobre la amenaza que podría suponer el anteproyecto para la libertad de enseñanza y cuestiona la legalidad de retirar la financiación pública a aquellos colegios con educación diferenciada por sexo, tal y como establece la futura ley.
Autoridad para la Igualdad
Finalmente, si bien aplaude la creación de una Autoridad para la Igualdad de Trato y la No Discriminación, pone de manifiesto "la gran coincidencia entre sus funciones y las propias del Defensor del Pueblo así como con las de sus equivalentes autonómicos", al tiempo que pone en duda que pueda desarrollar todas estas tareas con el presupuesto que marca.
Así, especifica, "no hay correspondencia entre la parquedad de las previsiones presupuestarias que se vinculan a su creación, con la amplitud de sus funciones".