Los 'Webmasters' responden por el contenido vejatorio alojado en su página
Los prestadores de servicios de intermediación -webmasters- son responsables de los contenidos ilícitos o vejatorios alojados en sus páginas webs, siempre y cuando tengan un conocimiento efectivo de que una actividad o información almacenada es ilícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero, según determina el Tribunal Supremo, en su sentencia de 2 de febrero de 2011.
La sentencia, de la que es ponente el magistrado Xiol Ríos, desestima así un recurso de casación sobre la responsabilidad de estos prestadores, por el contenido vejatorio contenido en una página web en relación con el cantante Ramoncín.
Entiende el magistrado que el requisito del conocimiento efectivo del carácter ilícito del contenido de la web, ?no puede limitarse a los supuestos en los que un órgano competente haya declarado previamente a la demanda la ilicitud de los datos almacenados o que se ha producido la lesión de los derechos de los demandantes, ordenando la retirada de los contenidos?.
Por el contrario, señala, ?conforme a la nueva normativa interna y comunitaria, pueden existir otros medios de conocimiento efectivo, como cuando existan circunstancias que posibiliten, aunque sea mediatamente o por inferencias lógicas al alcance de cualquiera, una efectiva aprehensión de la realidad de que se trate?.
Con estos argumentos, la sentencia confirma la de instancia que atribuyó carácter ilícito a los contenidos almacenados o enlazados por cuanto su ilicitud era patente y evidente por sí sola, al no depender de datos o información que no se encontrasen a disposición del intermediario.