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Sepa cómo solicitar la subvención por riesgo en el embarazo



    Las embarazadas que, por motivos de salud, pidan un cambio de puesto por otro compatible con su estado, podrán solicitar una prestación si éste no se les concede por motivos justificados.

    Cuando una mujer trabajadora embarazada deba cambiar de puesto de trabajo, motivado por un riesgo de su salud o la del feto, por otro compatible con su estado, pero esto no resulte técnica u objetivamente posible o no pueda exigirse por motivos justificados, le correponerá una prestación correspondiente a la situación de riesgo durante el embarazo.

    Requisitos para solicitar la prestación

    - Estar afiliada y en alta, pero no se requiere periodo de cotización.

    - Deberá presentar un informe que acreditará la situación de embarazo y la fecha probable del parto, un certificado de la empresa sobre la actividad desarrollada y las condiciones del puesto de trabajo y con ello solicitará la emisión de la certificación médica sobre la existencia de riesgo. Si no ha sido posible el cambio de puesto, la empresa declarará a la trabajadora en situación de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo.

    - Y entonces podrá solicitar la trabajadora el subsidio presentando solicitud, junto con certificación médica sobre la existencia de riesgo durante el embarazo, declaración de la empresa sobre la inexistencia de puestos de trabajo compatibles con el estado de la trabajadora e informe sobre estos particulares emitido por el servicio de prevención propio de la empresa.

    Cuantía de la prestación

    - Subsidio del 100 por ciento de la base reguladora, (será la misma que para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales).

    - En caso de trabajadoras parciales, la base reguladora resultará de dividir la suma de las bases de cotización acreditadas en la empresa durante los tres meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la suspensión laboral, entre el número de días naturales comprendidos en dicho período.

    - En el caso de trabajadores contratados para la formación, para determinar la base reguladora, se tomará como base de cotización el 75 por ciento de la base mínima de cotización que corresponda.

    El derecho a la prestación podrá ser denegado, anulado o suspendido:

    - Cuando la beneficiara hubiera actuado fraudulentamente para obtener o conservar la prestación.

    - Cuando realice cualquier trabajo incompatible con su estado.

    La extinción del derecho ocurrirá:

    - Por suspensión del contrato por maternidad o reincorporación al puesto anterior.

    - Extinción del contrato de trabajo en virtud de las causas legalmente establecidas.

    - Interrupción del embarazo.

    - Fallecimiento de la beneficiaria.