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Conozca qué es y cómo se regula el llamado contrato de interinidad



    'Iuris&Lex' le muestra cuáles son las principales características de este tipo de contrato, diseñado para poder sustituir a un trabajador que tiene derecho de reserva de puesto de su trabajo. Lea aquí la noticia.

    Este contrato tiene como objetivo sustiuir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo o para cubrir temporalmente un puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su cobertura definitiva, así como para sustituir a trabajadores en formación.

    Duración

    - Mientras substista el derecho del trabajador sustiuido a la reserva de puesto de trabajo.

    -El tiempo que dure el proceso de selección o promoción para la cobertura definitiva del puesto de trabajo (no puede ser superior a tres meses). 

    - Se extinguirá por la reincorporación del trabajador sustituido.

    - Por el vencimiento del plazo legal de la incorporación.

    - Por la extinción de la causa que dio lugar a la reserva del puesto de trabajo.

    - Por el transcurso del plazo de tres meses establecido para la selección o promoción o al que resulte de aplicación en los supuestos de contratos celebrados por las Administraciones públicas.

    - No hay necesidad de preaviso, salvo pacto en contrario.

    - Se transforma en indefinido:

       - Si una vez producida la causa prevista para la extinción del contrato no se hubiera producido denuncia empresa y se continuara realizando la prestación laboral.

       - Por falta de forma escrita.

       - Por falta de alta en la Seguridad Social si hubiera transcurrido un plazo igual o superior al período de prueba.

       - El contrato celebrado en fraude de ley.

    Jornada

    EL contrato de interinidad deberá celebrarse a jornada completa excepto en dos supuestos:

    - Cuando el trabajador sustituido estuviera contratado a tiempo parcial o se trate de cubrir temporalmente un puesto de trabajo cuya cobertura definitiva se vaya a realizar a tiempo parcial. 

    - Cuando el contrato se realice para complementar la jornada reducida d elos trabajadores que ejerciten los derechos sobre reducción temporal de la jornada.

    Formalización del contrato

    Por escrito, especificando el carácter de la contratación, el trabajo a desarrollar, el trabajador sustituido o el del otro trabajador de la empresa que pase a desempeñar  el puesto de aquel.  El empresario deberá comunicar el contenido al Servicio Público de Empleo correspondiente en los diez días hábiles siguientes a su celebración.