Economía/Legal.- Avalatransa pide la recusación del juez del concurso de Nozar por su parcialidad
MADRID, 5 (EUROPA PRESS)
La sociedad Avalatransa ha presentado una recusación contra el titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid, Pedro María Gómez, que rechazó en tres ocasiones su petición de concurso necesario presentado contra Nozar, al considerarle "parcial" para tramitar el concurso voluntario presentado por la inmobiliaria y admitido por el juez seis días después de rechazar su insolvencia.
"El juez ha dejado de ser imparcial en relación a Nozar", explica Avalatransa en sus dos escritos de recusación presentados ante el Juzgado de lo Mercantil de Madrid y el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a los que tuvo acceso Europa Press.
Avalatransa solicita al CGPJ que traslade de puesto al magistrado o que le imponga una multa de 6.000 euros por sus declaraciones a la prensa en las que defendió la prioridad de las grandes empresas frente a pequeños acreedores que piden su declaración de insolvencia.
El juez, "para salvar su prestigio profesional, dañado por no admitir el concurso de un deudor que seis días después se declaró insolvente, carga contra Avalatransa y presenta a Nozar como víctima de aquélla", afirma el escrito.
El juez desestimó el pasado 5 de mayo la petición de concurso necesario presentada por Avalatransa contra Nozar por un impago de 311.159 euros y le condenó al pago de las costas. En ese momento, la inmobiliaria reconoció deudas por valor de 700 millones de euros y su necesidad de inyectar 70 millones de euros.
Seis días después de este rechazo, el pasado 11 de mayo, Nozar se declaró insolvente y presentó su petición de concurso voluntario, que fue aceptado a trámite por Gómez.
En el auto que dictó el concurso de Nozar, el juez realizó una amplia explicación sobre su decisión de declarar voluntario el concurso en lugar de necesario. La diferencia está en que en el caso de declararse necesario se aparta a los directivos de la empresa concursada del control y gestión de la misma.
"En vista de la complejidad de una empresa de la envergadura de Nozar, no resultaría aconsejable prescindir de la iniciativa y del criterio de dichos administradores en la adopción de decisiones estratégicas, privando así a la empresa de la experiencia y del conocimiento interno que poseen, según indicó el juez en su auto.