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Economía empieza a transponer las directivas del 'paquete bancario' de la Unión Europea

  • Se inicia la fase de consulta pública para un total de tres Directivas
El Ministerio quiere que las entidades interesadas participen en los primeros pasos en la transposici?n. EE

Xavier Gil Pecharromán

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha sacado a consulta pública las transposiciones de la Quinta Directiva de Requisitos de Capital (CRD V) y la Segunda Directiva de Reestructuración y Resolución de Entidades de Crédito y Empresas de Servicios de Inversión (BRDDII), incluidas en el Paquete Bancario. También, se inicia la transposición de la Directiva sobre la supervisión prudencial de las Empresas de Servicios de Inversión (ESI).

La Directiva CDR V incorpora los requisitos de solvencia y capital establecidos en las últimas reformas del llamado Acuerdo de Basilea III. Para su transposición al ordenamiento jurídico español en la fase de consulta pública se recabará la opinión de la sociedad sobre un conjunto de opciones nacionales.

Esta directiva desarrolla la metodología de cálculo del Mínimo Requerido de Pasivos Elegibles (MREL) o colchón anticrisis, así como el tipo de instrumentos financieros con el que se debe cumplir, dando prioridad a los de capital, deuda subordinada y deuda sénior no preferente, y fijando mínimos específicos para grandes entidades.

Suspensiones de pago

La Directiva BRRDII a incorpora a la normativa comunitaria las reformas acordadas a nivel internacional por el Consejo de Estabilidad Financiera del G-20.

Las opciones planteadas sobre las que se consulta se refieren a la determinación de la cuantía a la que deberían tener acceso los ciudadanos y empresas en caso de suspensión de las obligaciones de pago de depósitos y la posibilidad de ampliar la protección de los clientes minoristas en la comercialización de instrumentos financieros admisibles para la recapitalización de las entidades tras la resolución.

Finalmente, la Directiva ESI establece medidas referidas a los requisitos de la política de remuneración del personal directivo de las empresas de servicios de inversión.