La nueva ley del crédito inmobiliario reducirá la litigiosidad del mercado hipotecario
- La CECA manifiesta que hay una falta de estímulos para ampliar los créditos
Marta Montoto
"Contar con un marco jurídico predecible y seguro ha sido una de las principales aspiraciones de la nueva Ley de crédito inmobiliario, compartida por el sector financiero. Se espera que la nueva ley contribuya a reducir la exacerbada litigiosidad existente", apuntaba hoy Fernando Conlledo, secretario general de la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA), en el encuentro Ley de crédito inmobiliario y protección notarial del deudor, que se celebra esta semana en Santander, en el Palacio de la Magdalena que alberga este seminario organizado por la Fundación Notariado, justo al mes de la entrada en vigor de esta normativa.
"La ley puede ayudar a conseguir un punto de inflexión en el mercado inmobiliario si cumple dos objetivos: mejorar la percepción de la ciudadanía en relación a su conocimiento e información de las hipotecas y conseguir la seguridad jurídica suficiente para atraer a los inversores internacionales", ha destacado Santos González, presidente de la Asociación Hipotecaria Española.
El representante de la CECA ha puesto de manifiesto que hay un aspecto de la ley que no parece satisfactorio porque "se trata de la falta de estímulos adecuados para ampliar los préstamos a tipo fijo en España". Además, ha añadido que España a diferencia de otros países, la cartera hipotecaria ha estado referenciada mayoritariamente a tipo variable, aunque han sido muy bajos en los últimos años, han conllevado una una mayor incertidumbre sobre la capacidad de pago del prestamista en caso de movimientos al alza de los tipos de interés.
En suma, ha explicado que un préstamo referenciado a tipo fijo es beneficioso para el cliente, pero para las entidades financieras el tipo fijo genera en su balance un riesgo, que se deben de gestionar mediante la contratación de las llamadas "coberturas de tipos de interés" . Por ello, "la reducción exactamente a la mitad del importe de la pérdida recuperable en relación con lo establecido en la ley es sin duda un aspecto que no puede valorarse positivamente", ha concluido el representante de la CECA.
Por su parte, la catedrática de Derecho Civil de la Universidad Complutense de Madrid, Matilde Cuenca, ha analizado La Concesión responsable del crédito: la evaluación de la solvencia del cliente. Para la jurista, "con el régimen de la evaluación de la solvencia no se trata de blindar al prestamista ante un eventual cumplimiento del deudor, sino de evitar el sobreendeudamiento del cliente". Sin embargo, Cuenca también ha señalado que "no se han establecido sanciones jurídicas necesarias en el caso de que se concedan préstamos con test de solvencia negativos. Por lo que el sistema sigue como hasta ahora: sanaciones administrativas impuestas por el supervisor bancario y responsabilidad civil".
Lorenzo Prats, catedrático de Derecho Civil de la Universidad Autónoma de Barcelona, ha realizado un estudio detallado de los Deberes de información precontractual y de transparencia del prestamista. Prats ha recalcado que el Registro General de Contratación " es insuficiente. Tal y como está hoy regulado provoca inseguridades".
El magistrado de la Audiencia Provincial de Barcelona, José María Fernández Seijo, ha analizado en su intervención las Clásulas de vencimiento anticipado y su incidencia en los procesos de ejecución: "En la Ley Reguladora del Contrato de Crédito Inmobiliario el legislador lo ha tenido claro en cuanto al vencimiento anticipado, fijando los supuestos- porcentajes o umbrales del crédito principal combinados con la acumulación de mensualidades impagadas- en los que el incumplimiento es grave", afirmaba Seijo. Además, ha recordado que el alto tribunal Español tiene que resolver el recurso de casación en sentencia que se publicará previsiblemente en septiembre, haciendo alusión a la respuesta en marzo de este año del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la cuestión prejudicial planteada por el Supremo español sobre la cláusula de vencimiento anticipado en los préstamos hipotecarios.
En su desarrollo, en los próximos días, el seminario contará con las intervenciones de notarios, representantes institucionales, miembros del sector financiero o inmobiliario; catedráticos; magistrados; políticos de los diferentes grupos parlamentarios y asociaciones de consumidores. A lo largo de tres días, además, se analizarán diferentes aspectos relacionados con la Ley 5/2019: desde su ámbito de aplicación y principios fundamentales hasta las cláusulas de vencimiento anticipado y su incidencia en los procesos de ejecución, entre otros.