El Tribunal Constitucional ampara la Ley de Eutanasia y desestima el recurso de Vox
- El órgano reconoce la norma como un derecho de libre autodeterminación
- Sólo tendrán acceso las personas que padezcan una situación especialmente grave
Jorge Velasco
El Tribunal Constitucional (TC) ha reconocido la Ley de Eutanasia, aprobada en 2021, que reconoce a las personas el derecho a la autodeterminación para decidir de forma libre sobre la decisión de las personas a morir en aquellas situaciones de mayor gravedad y ha decretado la inconstitucionalidad el recurso de Vox que reconocía la vida como un valor absoluto e indisponible.
La Corte de Garantías rechaza así el recurso de inconstitucionalidad presentado por Vox, partido liderado por Santiago Abascal que argumentaba que el derecho a la vida no puede ser objeto de regulación al carecer de inseguridad jurídica, ya que tiene una naturaleza "absoluta", e "indisponible" que el Estado debe proteger, incluso contra la voluntad de su titular".
Sin embargo, TC ha respondido considerando que no puede imponerse el derecho a la vida como un valor absoluto, ni que imponga al Estado un deber de protección individual que implique la obligación de vivir, y añade que su pronunciamiento se limita únicamente a lo estipulado en la Ley, sin involucrarse sobre las decisiones de finales de las personas de acabar con su vida.
La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, otorga la decisión voluntaria sobre la vida de las personas, donde matiza que permitirá el acceso a ella siempre que se trate de situaciones "medicamente contrastadas". Es decir, cuando se trate de casos en los que las personas padezcan una enfermedad terminal o gravemente incapacitante que obligue tener una dependencia total de otra persona, sin incluir los padecimientos graves la enfermedad psicológica o la depresión.
Derecho de autodeterminación
El Constitucional respalda su decisión a través del pronunciamiento del artículo 15 de la Constitución Española (CE), en cuanto justifica que el ser humano es un fin en sí mismo, y la decisión de acceder a la eutanasia conecta con el derecho a la libertad personal y a la dignidad, siendo esta una decisión tomada a partir de la libre autonomía de decisión de las personas, aunque el resultado sea fatal.
"El libre desarrollo de la personalidad protegen un ámbito de autodeterminación que ampara la decisión individual, libre y consciente, de darse muerte por propia mano, en un contexto de sufrimiento extremo como el que describe la ley orgánica cuestionada", apostilla el Tribunal.
La aprobación de la normativa en el Pleno del Constitucional ha obtenido una mayoría frente al rechazo de los magistrados Enrique Arnaldo Alcubilla y Concepción Espejel Jorquera que observan imprecisiones en la norma en materia de protección y garantías de acceso libre a la muerte voluntaria.