Infraestructuras y Servicios

Qué es una alarma antiokupación y por qué es eficaz contra apropiaciones de viviendas

  • Durante las primeras 48 horas, entrar en una vivienda ajena se considera un delito de allanamiento de morada, no de okupación
  • En ese caso, la Policía puede desalojar a los intrusos sin la intervención de un juez
El año pasado hubo 16.426 denuncias por okupación en España

Luis M. García

El año 2024 se cerró con un total de 16.426 denuncias por okupación de viviendas en toda España, según datos del Ministerio del Interior. Se trata de un 7,4% más que en 2023, cuando se presentaron 15.289 denuncias.

Estos datos incluyen tanto la usurpación o okupación, que es básicamente la intrusión en un inmueble vacío; como el allanamiento de morada, cuando la intrusión se produce en una vivienda con moradores.

Por comunidades autónomas, Cataluña sigue ofreciendo los datos más alarmantes, con un total de 7.009 denuncias por okupación, que representan más del 40% del país.

La cifra catalana es, además, mayor que la de las tres comunidades que le siguen en su conjunto: Andalucía, con 2.207, la Comunidad Valenciana, con 1.767, y la Comunidad de Madrid, con 1.451. Mientras que en el polo opuesto se encuentran Melilla, con 11; Ceuta, con 14; y La Rioja, con 65, aunque en todas ellas las okupaciones también han aumentado.

La okupación de viviendas es un problema muy serio que crea verdaderos quebraderos de cabeza a los propietarios de viviendas, aunque existe una opción de evitarlos que pasa por contratar una de las denominadas alarmas antiokupación.

Estas alarmas antiokupación o antiokupas están conectadas a una Central Receptora de Alarmas (CRA) y cuando se detecta un intento de intrusión, la alarma envía una alerta inmediata a este CRA, que es capaz de verificar la intrusión en 30 segundos.

Si esta se confirma, se da aviso a la policía para que pueda intervenir lo antes posible y evite una okupación prolongada. Y es que en ese caso, dentro de las primeras 48 horas, no es necesaria una orden judicial para que la Policía pueda acceder a la vivienda y expulsar a los ocupantes.

Allanamiento de morada

Durante las primeras 48 horas, la entrada en una vivienda ajena se considera un delito de allanamiento de morada, no de okupación, y la Policía puede desalojar a los intrusos sin la intervención de un juez.

Las alarmas antiokupación en primer lugar identifican al intruso o intrusos, después se activa la alarma y esta alerta de inmediato a la CRA, se verifica la intrusión y se avisa a la Policía para que efectúe un desalojo rápido.

Estas alarmas, además, pueden controlarse desde cualquier lugar con el móvil mediante una app y recibir alertas en tiempo real si salta la alarma. Existe una amplia gama de alarmas antiokupación a la venta en España, una medida que puede ser la mejor prevención ante los okupas, puesto que, una vez que estos se asientan en la casa, es mucho más difícil y tedioso expulsarles.