Pymes y Emprendedores
España, el segundo país que más tarda en ponerse al día
- Sólo Portugal, con 31 días de demora, supera la media española
La morosidad de las empresas y de las Administraciones Públicas, así como el retraso inveterado en el abono de las facturas con respecto a los plazos de pago acordados es uno de los principales problemas que, junto al estrangulamiento del crédito, ahoga a las pequeñas y medianas empresas (pymes) y, de manera muy particular, a los profesionales autónomos.
Un informe de ámbito europeo viene a certificar que España es el segundo país en el que se paga con mayor margen de demora, tanto entre empresas como por parte del sector público a las compañías privadas, si bien durante los tres últimos trimestres el periodo medio de retraso en el abono se ha mantenido por debajo de los 20 días.
De hecho, de acuerdo con el informe realizado por la compañía de análisis de información Informa D&B, durante el primer trimestre de 2013, la diferencia entre la media de retraso en pagos española y la europea se sitúa en los 5,29 días, lo que representa la diferencia más baja registrada desde el inicio de este estudio, en el año 2010.
La Directiva no se nota aún
Con todo, la demora en los periodos de desembolso de facturas a proveedores es considerable en toda Europa, y con respecto a España, tan sólo Portugal -con una dilación media que sube a 31,29 días en satisfacer el importe de los trabajos o servicios prestados por empresas- tiene un peor registro que nuestro país.
Una situación a la que trata de poner freno la Directiva de lucha contra la morosidad, de 2011, de obligado cumplimiento en la actualidad tras acabar la transposición el pasado mes de marzo.
Aunque aún es pronto para valorar la incidencia de esta norma comunitaria, es evidente que la situación de partida es desfavorable, con unos retrasos medios de pago en toda Europa realmente altos, teniendo en cuenta que la media de dilación de pagos con respecto a los plazos acordados era de 14,01 días durante el primer trimestre de 2013.
Según el análisis estadístico realizado por Informa D&B, además de Portugal y España, también Italia, Reino Unido e Irlanda pagan por encima de la media europea, mientras que los Estados miembros que presentan los retrasos en pagos más bajos son, en general, los del norte de la Unión: Alemania (con 5,86 días), Países Bajos (con 8,09 días) y Bélgica (con 11 días).
Si se comparan estos datos con los del último trimestre del pasado año, es evidente que la media europea no sólo no ha mejorado tras la transposición de la Directiva de lucha contra la morosidad, publicada en 2011, sino que incluso empeora en 0,79 días, al pasar de un promedio de retraso de pagos de 13,22 días a 14,01 días.
Durante este periodo, únicamente tres países han acelerado su puesta al día en los pagos: Países Bajos (los reduce en 0,35 días), España (0,27 días) y Alemania (0,05 días), mientras que en el lado de los incumplidores más recalcitrantes se colocan Grecia (+1,09 días) e Italia (+0,84 días).
Qué dice la Ley en España
La Ley 15/2010, de fecha 5 de julio, es la norma que fija los plazos de cobro máximo entre empresas, así como entre las empresas y los organismos adscritos a las Administraciones Públicas (AAPP), tal y como detalla el estudio de Informa D&B.
En cuanto a las obligaciones para las empresas, desde el día 1 de enero de 2013 tan sólo puede darse una demora máxima de 60 días.
Ese mismo plazo de 60 días es el periodo tope para que las Administraciones Públicas paguen en los casos de contratos de obra, pero sólo desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013. En el resto de los casos, hablando del sector público, los plazos de cobro máximos son de 30 días desde comienzo de este mismo año.
¿Qué sucede en las situaciones de impagos o cuando se producen retrasos superiores a los legales? Desde primeros de año, las empresas tienen de manera automática el derecho a reclamar intereses de demora, y pueden asimismo obtener una cifra mínima de 40 euros como compensación de costes de cobro razonables.