Pymes y Emprendedores

La pequeña empresa podrá pagar menos en Sociedades

  • El plazo para abonar el impuesto conlleva un tipo reducido del 20% para algunas pymes


Las más de tres millones de empresas que hay en nuestro país están llamadas a presentar, entre hoy y el próximo día 25, los resultados de sus beneficios económicos para el pago del impuesto de Sociedades, que este año incorpora algunas novedades de las que pueden beneficiarse las pymes.

La principal es que se ha ampliado el umbral de facturación por debajo del cual se considera a una compañía "de reducida dimensión", lo que supone asimismo una reducción del 5% en el tipo impositivo del impuesto para un determinado volumen de beneficios. ¿En qué consiste esta modificación a efectos prácticos? El tipo general del impuesto de Sociedades, que grava los beneficios empresariales, es del 30%. Hasta ahora existía una cláusula que permitía a las pymes que facturasen hasta ocho millones al año tributar los primeros 300.000 euros de base imponible a un tipo del 25%, pagando el resto al 30%.

Para este año, ese listón de cifra de negocio que permite acogerse al tipo reducido se ha ampliado hasta los 10 millones, con lo que el número de empresas que se verán beneficiadas a la hora de contribuir a las arcas públicas será mayor.

Deducciones por empleo

La reducción del tipo impositivo es aún mayor para las pequeñas empresas cuya cifra de negocio no haya superado los cinco millones de euros y su plantilla de empleados no supere los 25 asalariados.

En este caso, el tipo reducido para el primer tramo de 300.000 euros de base imponible ya no es del 25%, sino del 20%. A partir de esos primeros 300.000 euros el tipo impositivo se queda en el 25%. Esta novedad, en cambio, conlleva un pequeño truco.

Y es que no todas las compañías que cumplan los requisitos de facturación y número de empleados antes indicados pueden beneficiarse de ella. Necesitan, para poder tributar al tipo reducido del 20%, haber mantenido o aumentado su plantilla con respecto al año fiscal anterior.

Ventajas fiscales por I+D

Entre las novedades en materia de deducciones que incorpora el pago del impuesto de Sociedades este año, hay dos que son especialmente beneficiosas para las pymes. La primera de ellas es de tipo laboral. Y es que por la contratación de cada empleado que haya contribuido a incrementar la plantilla de trabajadores minusválidos en una empresa, existe una deducción de 6.000 euros.

Por otro lado, haber invertido en proyectos de I+D también tiene premio, ya que la normativa contempla que se podrán deducir hasta el 25% de los gastos en investigaciones científicas y desarrollo. Existe un epígrafe donde se indica que, si la inversión realizada en este capítulo excede de la media de los gastos incurridos en los dos ejercicios anteriores, se aplicará una deducción del 42% a dicho exceso.

Todas estas novedades se aplican para las operaciones a partir del 1 de enero de 2011.