Satisfacción en la Unión Profesional porque el recurso del PP se basó en sus estudios técnicosmadrid. Los colegios profesionales dieron ayer un primer paso en la batalla para frenar las barreras a la movilidad de los profesionales creadas a partir del Estatuto catalán y la reciente ley autonómica de colegios profesionales.El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso presentado en septiembre por el Partido Popular, a partir del informe elaborado por los servicios jurídicos de la Unión Profesional (UP), que representa a un millar de Colegios y a un millón y medio de profesionales.El presidente de la UP, Carlos Carnicer, mostró ayer su satisfacción por esta decisión aunque la admisión a trámite no paraliza los artículos recurridos, cosa que sólo sucede si el recurrente es el Estado. Para la UP, la ley de colegios profesionales se trata de una ley "intervencionista y rupturista" y supone "un freno más" para la movilidad de los profesionales españoles, en un momento en el que la UE está suprimiendo todas las barreras (incluso de idioma) para el libre ejercicio de los servicios profesionales.El punto más conflictivo de la ley catalana es que permite a los colegios de su ámbito territorial relacionarse de forma voluntaria con los demás colegios de su profesión en España, incluido el Consejo General correspondiente. Algo que supone "una ruptura del actual modelo estatal", según Carnicer, y que puede dar lugar a diferencias importantes sobre la deontología y el ejercicio de la profesión en las distintas comunidades autónomas.La ley permite la creación de colegios específicos en Cataluña, superpuestos a los colegios únicos de ámbito nacional, "lo que generará muchos conflictos entre ellas", vaticina Carnicer. Y admite la colegiación voluntaria, algo para lo cual la Generalitat no tiene competencias, asegura la UP. Sólo se podría eximir de la colegiación obligatoria a los profesionales que presten servicios de forma exclusiva a la Administración. Este punto puede tener un impacto sobre todo en la Sanidad.El recurso también considera que la Generalitat se extralimita al concederse la capacidad para crear nuevos colegios profesionales y al incorporar una definición de lo que significa una profesión titulada, "por cuanto pertenece al Estado hacerlo", entiende la UP. También se excede al atribuirse la competencia jurisdiccional a favor del orden contencioso-administrativo respecto de los actos corporativos sujetos al derecho administrativo.Habrá más recursosLa impugnación admitida a trámite conecta con el artículo 125 del nuevo Estatuto de autonomía de Cataluña que regula la competencia exclusiva de la comunidad en materia de colegios profesionales. El recurso al Estatuto presentado por el PP fue admitido a trámite por el TC el pasado 28 de septiembre.Para UP, lo que se decida ahora sobre el Estatuto catalán y esta ley de colegios profesionales serviría de precedente para analizar el aluvión de reformas que se avecinan. El parlamento canario aprobó el 13 de septiembre su reforma de Estatuto y, en la parte reservada a competencias exclusivas, también regulaba las competencias sobre colegios profesionales en una línea muy similar a la del Estatuto catalán. Algo que también ocurre con la reforma del Estatuto Andaluz. Por ello, UP solicitará la interposición de recursos de inconstitucionalidad contra estos textos.