Con la Ley de Consumo la facturación de los móviles será computada por segundosmadrid. Las voces pregrabadas al otro lado de la línea telefónica en los servicios de atención al cliente pueden dejar de existir. El Congreso de los Diputados aprobó ayer el proyecto de Ley de mejora de la Protección de los Consumidores y Usuarios, conocida como Ley de Consumo, que establecerá que la atención al cliente de cualquier compañía siempre deberá ofrecer una atención personalizada, evitando así los sistemas informáticos de voces pregrabadas como única opción para el consumidor.Esta Ley, que tras su aprobación en la Comisión de Sanidad y Consumo de la Cámara Baja ha sido remitida al Senado, traspone una directiva comunitaria y va más allá de la regulación europea en lo relativo a la protección de los consumidores y la regulación de asociaciones de usuarios y consumidores.El Grupo Parlamentario catalán (CiU) introdujo la enmienda al texto del proyecto de Ley que obligará a las compañías a ofrecer siempre una atención personalizada. El portavoz de Sanidad y Consumo de CiU, Jordi Xuclá, entiende que con esta norma se subsana la situación actual en la que "en muchos casos" nos encontramos "con una pérdida de tiempo, dinero y paciencia de los consumidores y ante un deficiente servicio donde no casan los intereses del cliente con las opciones que ofrece el servicio de voz pregrabada".Por otro lado, la Ley quiere dar mayor claridad en las modalidades de cálculo del precio de los contratos, "evitando la facturación de servicios no prestados efectivamente". Pero quizá lo más importante del proyecto es que establece que la factura del móvil sea computada por segundos, informa EP.Respecto a las compañías aéreas y servicios similares, el proyecto de Ley obliga a que se informe del "precio completo, incluidos impuestos, o presupuesto, en su caso". Así, en toda información al consumidor sobre el precio de los bienes y servicios, incluida la publicidad, se informará del precio final completo, desglosando, en su caso, el importe de los incrementos o descuentos que sean de aplicación, de los gastos que se repercutan al consumidor y usuario y de los gastos adicionales por servicios accesorios, financiación u otras condiciones de pago similares.La oferta, promoción y publicidad falsa o engañosa de productos, actividades y servicios será perseguida y sancionada como fraude.