El Supremo avala su actuación desde 1998 contra el criterio de los técnicos de Hacienda, que estudian acudir al TCmadrid. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la resolución de 24 de marzo de 1998 de la Agencia Tributaria (AEAT), a la que da vía libre sobre organización y atribución de funciones en cuanto a la Inspección de los Tributos. La sentencia implica un reconocimiento de que la propia Agencia puede decidir cómo se organiza a través de su presidente, sin que sea necesaria la autorización del ministro de Economía o del Gobierno.La decisión del Supremo cuenta con un voto particular discrepante firmado por el magistrado Manuel Vicente Garzón Herrero, para quien la Sala, al decidir que las normas organizativas administrativas no son aplicables a la AEAT, convierte a ésta en un "Guantánamo tributario". "La disposición recurrida ha sido objeto de alrededor de 50 modificaciones que sólo se explican a partir de la irreflexión con que cada una de ellas fue dictada", afirma.El fallo, sin embargo, señala que los órganos directivos de la AEAT tienen la facultad de emitir disposiciones a través de circulares o instrucciones vinculantes para los órganos de gestión de la Agencia, "como expresión del poder de dirección inherente a los órganos directivos de cualquier organización administrativa".Revés para a los TécnicosLa sentencia es un revés en el conflicto que mantienen los Técnicos con de Hacienda con los inspectores, aunque su vicepresidente, José María Mollinedo, aseguró ayer a este periódico que los argumentos del voto particular son demoledores. Por ello, el Cuerpo Especial de Gestión de la Hacienda Pública (Gestha) estudia si recurrirá la sentencia ante el Tribunal Constitucional o incluso ante el Tribunal de Luxemburgo.De haber prosperado la demanda de los técnicos de Hacienda, todos los actos administrativos de la Agencia Tributaria desde 1998 deberían ser anulados, lo que supondría un caos considerable.