Están justificadas para controlar el estado profesional del paradomadrid. La incómoda gestión de pasarse cada poco tiempo por la oficina de empleo para sellar el impreso del paro y poder cobrar el subsidio por desempleo está plenamente justificada en el derecho europeo y no contradicen la libertad de movimiento consagrada en el artículo 18 del Tratado comunitario.El Tribunal de Justicia de la UE (TUE) avala las llamadas cláusulas de residencia que se exigen en la mayoría de los países porque entiende que son mecanismos de control que "tienen por objeto verificar la situación familiar del desempleado y la eventual existencia de fuentes de ingresos no declaradas por el interesado", dice. "La eficacia de las correspondientes inspecciones reside en gran medida en su carácter inopinado y en la posibilidad de que se realice in situ". Para los jueces "es una medida proporcionada cuando, siendo idónea para la consecución del objetivo perseguido, no va más allá de lo que resulta necesario para alcanzarlo".¿Desempleo o pensión?El caso concreto se refiere a un desempleado belga, el señor De Cuyper, mayor de 50 años, al que la legislación nacional le exime de estar disponible para los servicios de búsqueda de empleo. Lo cual no significa que estas prestaciones puedan asimilarse a pensiones o a indemnizaciones por prejubilaciones, como pretendía la defensa. Una vez aclarado que se trata de un subsidio por desempleo, el TUE entiende que se le debe aplicar los mismos requisitos que se le exigen a los demás trabajadores. Y eso aunque por su edad se le haya eximido de estar disponible para la búsqueda de empleo. "La obtención de tal dispensa no implica que el parado esté exento de la obligación de permanecer disponible para la oficina de empleo", dice la sentencia.