madrid.Un auxiliar de la Seguridad Social ha sido suspendido de su puesto de trabajo por obtener, en función de su cargo, datos personales de empresas y particulares y venderlos por 3 y 5 euros a una empresa privada dedicada a elaborar informes. La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia contra este funcionario que, entre los años 1994 y 1995, aprovechó que tenía acceso a un sistema informático con información confidencial sobre la vida laboral de personas y empresas, así como sus números de cuentas. En total, obtuvo 6.800 datos y vendió más de la mitad. La sentencia del Alto Tribunal ratifica la decisión de la Administración General del Estado y del Consejo de Ministros de no rehabilitar al ex funcionario de la Seguridad Social en su puesto de trabajo, después de que éste lo solicitara. La decisión está motivada por "el grave daño a la imagen y al prestigio del Instituto Nacional de Seguridad Social" que provocó el ex funcionario con su actuación y a la "gravedad de obtener un lucro" con la venta de datos "que son estrictamente personales".Delito de cohechoEn abril de 1997, la Audiencia Provincial de Madrid ya le condenó a un año de prisión menor, multa de 2,5 millones de las antiguas pesetas (15.000 euros) e inhabilitación especial durante el tiempo de la condena por un delito de cohecho, así como a un año de suspensión y multa de 200.000 pesetas (unos 1.200 euros) por un delito de revelación de secretos. Por su parte, la Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales le retiró su condición de funcionario. En 2002 el auxiliar de la Seguridad Social solicitó la rehabilitación de su cargo y, al considerar que se había extinguido el plazo máximo de la Administración para responderle, solicitó la rehabilitación automática. Esta petición fue rechazada por la Administración General del Estado y por el Consejo de Ministros . Con esta última sentencia, el Alto Tribunal vuelve a poner de manifiesto que la violación de la Ley de Protección de Datos está a la orden del día y que el tratamiento indebido de los datos personales de terceros tiene consecuencias negativas sobre sus propietarios, así como sobre el que vulnera la ley.