madrid. Si una empresa desea amortizar uno o varios puestos de trabajo con la subcontratación o exteriorización de actividades, deberá acreditar las dificultades organizativas y de gestión para justificar tal ahorro de trabajadores. Si el juicio de adecuación o funcionalidad arroja un resultado positivo, la compañía podrá reestructurarse.La Sala de lo Social del Tribunal Supremo señala en una reciente sentencia que es una conducta "razonable o plausible, que entra dentro de las líneas posibles de actuación del buen comerciante", encargar a una empresa especializada un área determinada de su gestión. El Alto Tribunal anula así una sentencia del TSJ de Aragón, que declaró improcedente un despido de una trabajadora.El artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores es el que describe las causas justificativas del despido objetivo por razones empresariales. La empresa, que despidió a la empleada para encomendar las funciones que ella realizaba a una empresa externa, alegó "causas organizativas y productivas". Y el Supremo dice que, al menos en este caso, el despido está justificado.