La sentencia se basa en la igualdad de sexos proclamada en la ConstituciónMadrid. Una sentencia ha concedido la custodia de un niño y el uso de la vivienda al padre en detrimento de la madre, que cuenta con "un horario laboral más extenso y disperso que lo hace difícilmente compatible con estar con el niño en actos como la comida diaria".La mujer, que trabaja por horas cuidando niños para una empresa subcontratada por el Ayuntamiento de Azuqueca de Henares (Guadalajara) y subvencionada por la Junta de Castilla-La Mancha, deberá abandonar en los próximos días la vivienda familiar bajo apercibimiento de ser desahuciada por el Juzgado, informa Efe.La sentencia, dictada por la Audiencia Provincial de Guadalajara, pone fin al juicio de divorcio iniciado hace tres años por esta mujer contra su marido por supuestos malos tratos psicológicos. "Lo que nunca pude imaginar es que, siendo la víctima, los tribunales decidieran que por no tener un empleo estable no tengo derecho a la custodia de mi hijo", explicó la mujer.Precisamente, acaba de quedarse en el paro y, al no contar con ningún familiar en la provincia de Guadalajara, asegura que no sabe si va a tener un sitio para dormir cuando no pueda volver a su casa.Según el texto de la sentencia, que confirma otra anterior del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Guadalajara, "los criterios legales para conferir la guarda y custodia a uno de los progenitores han cambiado a la luz de la igualdad entre hombres y mujeres proclamada por la Constitución".Por ese motivo, la Audiencia estima que se ha de velar por el interés del niño y buscar cuál de los dos miembros de la pareja ofrece más estabilidad al desarrollo emocional del menor. El tribunal también estima que la mujer podía ser llamada a cuidar niños ajenos a cualquier hora del día o de la noche, lo que podría provocar la desatención de su propio hijo.Sin embargo, afirma, el horario del padre, que concluye a las tres de la tarde, le permite acompañar a su hijo a la hora de comer y a la hora de hacer los deberes, algo imposible que no puede hacer la madre "por su horario más extenso y diverso". La Audiencia no ha tenido en cuenta que el niño, de 12 años, afirmó que prefería estar con la madre. "No siempre aquello que el niño quiere es lo que le conviene", dice la sentencia.