Se establece así para los dictámenes sin fin asistencial pedidos por compañías de segurosmadrid. Los dictámenes médicos sobre evolución de lesiones que habitualmente solicitan las compañías de seguros no disfrutarán de la exención en el pago del IVA. Hacienda no podrá aplicar esta excepción a los servicios médicos prestados con una finalidad que no sea proteger, mantener o restablecer la salud de las personas, según una resolución de la Dirección General de Tributos. Por tanto, deberán tributar al 7 por ciento, por tratarse de servicios de asistencia con un fin no estrictamente médico.La Ley del IVA establece que estará exenta de este tributo "la asistencia a personas físicas por profesionales médicos o sanitarios, cualquiera que sea la persona destinataria de dichos servicios". De acuerdo con esta norma, están exentos los servicios asistenciales de diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades.Pero una sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TUE) señaló en 2003 que no se trataba de una exención restrictiva, ya que no abarcaba a la totalidad de los servicios que pueden prestarse en el ejercicio de las profesiones médicas y sanitarias. En ese sentido, aclaraba que no podían incluirse las intervenciones médicas realizadas con una finalidad distinta a la de diagnosticar, tratar y curar enfermedades.La Dirección de Tributos se basa en esta sentencia del TUE para responder a una consulta efectuada por una empresa sobre cómo deben tributar los dictámenes médicos que elaboraban sobre evolución de lesiones y secuelas corporales para compañías de seguros. Estos informes los suelen utilizar posteriormente en procedimientos judiciales, contencioso-administrativos y en reclamaciones patrimoniales.La resolución recalca que, aunque la elaboración de un dictamen de este tipo requiera el examen médico de un paciente -reconocimiento físico y examen de antecedentes sanitarios-, la finalidad principal de tal servicio no consiste en proteger la salud de la persona a la que se refiere el dictamen.El objeto de estos informes por encargo es responder a una serie de preguntas que se formulan con el fin de de permitir que un tercero adopte una decisión que produzca efectos jurídicos. Todo ello a pesar de que un dictamen médico lo puede solicitar el propio interesado y que, incluso, puede contribuir a proteger su salud. Pero el fin de este tipo de servicio no es ése.