Martín Pallín niega que una decisión del TS de 1995 avalara seguir a Troitiño
El magistrado emérito del Tribunal Supremo José Antonio Martín Pallín ha asegurado hoy que la decisión que adoptó este tribunal en 1995 sobre un caso en relación con Mario Conde no avala que se pudiera hacer un seguimiento policial del etarra Antonio Troitiño tras su salida de prisión.
El diario El Mundo publica hoy que el Supremo avaló los seguimientos que hace dieciséis años ordenó el Gobierno para conocer las actividades del entonces presidente de Banesto y que fueron la base del denominado "informe Crillon", y contrasta esa actitud con el hecho de que ahora no se vigilase a Troitiño.
Martín Pallín, que fue el magistrado ponente de la decisión del Tribunal Supremo que amparó la investigación sobre Conde, ha subrayado, en declaraciones a Efe, que se trata de dos casos totalmente distintos.
Ha destacado que el 99 por ciento de ese informe -que avaló la legalidad del uso de fondos reservados en actividades que pretenden salvaguardar intereses públicos relevantes que se pueden conectar con la seguridad pública general- era de contenido económico y se derivaba de informaciones del Banco de España sobre posibles operaciones en paraísos fiscales.
"Dadas las noticias alarmantes sobre la situación financiera de Banesto, cualquier Gobierno en las mismas circunstancias habría querido tener información", ha señalado Martín Pallín, quien ha subrayado que las actuaciones avaladas no afectaban a la intimidad de Mario Conde.