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Primera condena del TS a un bar por las lesiones causadas por el ruido



    El Tribunal Supremo ha calificado por primera vez de falta de lesiones el menoscabo causado en la salud de los vecinos afectados por el ruido de un "after" y por el que la Audiencia de Barcelona condenó a su propietario a 4 años de cárcel por un delito contra el medio ambiente.

    El alto tribunal ha aumentado así la pena impuesta al propietario de un bar de Barcelona que funcionó ilegalmente como un "after" al condenarle también a una multa de 2.700 euros por nueve faltas de lesiones.

    La sala de lo penal del TS ha estimado así parcialmente el recurso que presentó el fiscal contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona que, en noviembre de 2008, condenó por un delito contra el medio ambiente a Gabriel Alejandro Fernández, propietario del bar "242" de la calle Entença de Barcelona, pero le absolvió de los 9 delitos de lesiones de los que le acusaba el Ministerio Público.