Firmas

Ligar los salarios a los beneficios

  • El aumento salarial sólo tiene sentido si la situación de la empresa es favorable


El 25 de enero de 2012 CEOE, CEPYME, UGT y CCOO firmaron el II Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva 2012-2014. Se trataba de un pacto colectivo entre los interlocutores sociales para enfrentar la delicada situación económica española. La vigencia de dicho acuerdo se extendía durante los años 2012, 2013 y 2014, lo que obliga ahora a iniciar un nuevo acercamiento entre sindicatos y organizaciones empresariales que lo sustituya a partir de 2015.

Aquel Acuerdo de 2012 obligaba a los firmantes a aplicar sus recomendaciones y sus pactos en las mesas de negociación colectiva de convenios sectoriales y de empresa, lo que, entre otras cosas, suponía un acuerdo para la moderación salarial. En efecto, se acordó en dicho marco de referencia que el incremento de los salarios que se negociara durante los tres años de vigencia, no debía vincularse solo al IPC, lo que había constituido una costumbre tan automática como nociva en la negociación colectiva española, sino que las retribuciones negociadas tendrían como referencia el objetivo de inflación fijado por el BCE, el precio medio internacional del petróleo Brent y las variables vinculadas a la realidad del sector o de la empresa como son su beneficios, sus rentas, o su productividad.

Como es lógico, ligar como se hizo, los aumentos salariales al objetivo de inflación señalado por el BCE, y especialmente a las variaciones del precio medio internacional de los hidrocarburos resulta artificial, completamente ajeno a la mesa negociadora y no parecen referencias claras ni útiles ni aplicables a la hora de determinar las condiciones salariales de un convenio colectivo. Pero ligar los incrementos salariales a la realidad del sector o a la concreta situación de la empresa sí es, necesariamente, negociar sobre la verdad de los hechos, pactar conforme a la coyuntura, adaptar las condiciones a las necesidades.

Por eso, el proceso de negociación abierto entre patronal y sindicatos para renovar a partir de 2015 el II Acuerdo Interconfederal para el Empleo y la Negociación Colectiva, deberá tener presente que es imprescindible ligar los salarios a los elementos decisivos que mantienen el empleo, como la productividad o los beneficios de las empresas, por mucho que se oigan voces, más demagógicas que técnicas, favorables a desatar una nueva dinámica de incrementos salariales por encima del PIB con la idea de que tales aumentos incentiven el consumo interno y la recuperación económica.

Esta tesis no tiene en cuenta que una espiral de aumentos salariales en la negociación colectiva que no atienda a las circunstancias del sector o de la empresa volverá a desajustar las perspectivas empresariales, la evolución económica y la demanda de empleo, al no tener en cuenta las posibilidades reales de la economía y el comportamiento concreto del sector, esto es, al ignorar la realidad.

El acuerdo sindical y empresarial que se manifestó en enero de 2012 debe seguir siendo ahora una prioridad que no permita confundir la realidad con el deseo porque cerrar los ojos a las concretas situaciones de sector o de empresa en cada mesa negociadora sería algo más que irresponsable, un paso atrás en la definitiva salida de la crisis.

Juan Carlos Arce, profesor del Derecho del Trabajo y Seguridad Social.