"Es difícil auditar a los partidos políticos con las leyes actuales"
El Tribunal de Cuentas concita las críticas de buena parte de la ciudadanía cada vez que aflora un nuevo caso de corrupción entre la clase política, fundamentalmente en lo que a la contabilidad de los partidos se refiere. La opinión pública considera en estas ocasiones que los auditores públicos deberían descubrir contabilidades B y trasvases de dinero ilegales. Sin embargo, esta institución clama desde hace muchos años por que se modifiquen las leyes y se le dote de competencias para hacer una labor de investigación mucho más eficaz.
Su presidente, Ramón Álvarez de Miranda, reclama la posibilidad de que se pueda cruzar la información que los partidos políticos rinden al Tribunal cada año con la que poseen otras instituciones públicas, para realizar una investigación mucho más profunda que la que realizan hoy en día. Además, considera que la legislación tiene algunas lagunas que es preciso cambiar, puesto que con las actuales normas es muy difícil auditar a los partidos políticos.
"Necesitamos medios de contraste. El Tribunal de Cuentas debería estar dotado de medios de contraste para poder fiscalizar las cuentas de los partidos políticos, mediante el acceso a los datos de Hacienda, de la Seguridad Social y del Banco de España. Así, sería posible incrementar la eficacia de las auditorías", explica Álvarez de Miranda.
De esta forma, los funcionarios de esta Institución podrían auditar no sólo la financiación de los partidos políticos, sino también su actividad, lo que permitiría comprobar si hay alguna parte de las cuentas entregadas que se mantenga oculta, que se haya quedado fuera de las rendidas al Tribunal de Cuentas.
Reforma en el Parlamento
La nueva reforma de control de los partidos políticos está actualmente en tramitación en el Parlamento, aún en fase de enmiendas a la totalidad, y en ella se incluyen asuntos reiteradamente solicitados por el Tribunal de Cuentas, como la prohibición de dinero de las personas jurídicas a los partidos políticos.
El Tribunal de Cuentas puede celebrar convenios de colaboración con la Administración General del Estado y demás órganos, organismos y entidades para el acceso a la información de que estos dispongan de acuerdo con la normativa especial que regule la información a suministrar con la finalidad de agilizar y facilitar el ejercicio de su función fiscalizadora y jurisdiccional. Sin embargo, para celebrar estos convenios con Hacienda, sería necesario cambiar la Ley General Tributaria sobre confidencialidad.
Esta reforma de la Ley General Tributaria ha sido solicitada reiteradamente por los responsables del Tribunal de Cuentas, sin que hasta el momento sus demandas hayan dado los frutos apetecidos por los auditores públicos.
A pesar de que existe un programa de contabilidad para los partidos, elaborado por el propio Tribunal, el problema es que muchos de ellos no controlan la tesorería de algunas partes de sus redes locales.
La labor de auditoría de los partidos ha cambiado mucho. En el periodo 1987-2007, la legislación era insuficiente y así se hizo constar en los informes anuales, máxime teniendo en cuenta que la experiencia nos mostraba que los Tribunales de Cuentas de otros países no hacían este tipo de trabajos.
Obligación de colaborar
A partir de 2007, la Ley se reforma, pero aún no hay condiciones adecuadas para auditar a los partidos. Y, finalmente, la reforma de 2012 supuso un aumento progresivo de la normativa, pero con muchas carencias de facultades para investigar y contrastar los datos.
En el proyecto, que se ha convertido en uno de los estandartes del Gobierno en la lucha contra la corrupción, se incluye una novedad muy importante, como es que el Tribunal de Cuentas podrá exigir la colaboración de todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas (lo que incluye a los proveedores) que estarán obligadas a suministrarle cuantos datos, estados, documentos, antecedentes o informes solicite relacionados con el ejercicio de sus funciones fiscalizadora o jurisdiccional.
El incumplimiento de los requerimientos del Tribunal podrá suponer la aplicación de las multas coercitivas. Si los requerimientos se refieren a la reclamación de justificantes de inversiones o gastos públicos y no son cumplidos en el plazo solicitado, se iniciará de oficio un expediente de reintegro.
La fiscalización de cuentas de los partidos políticos no tiene homologación internacional, puesto que en los países del entorno no son los Tribunales de Cuentas quienes realizan esta labor.