España
El rapero Pablo Hasel o el joven que insultó a Cifuentes ya fueron condenados por sus comentarios en Internet
La Audiencia Nacional impuso dos años de cárcel al primero por enaltecer el terrorismo en sus canciones publicadas en youtube, mientras al segundo un juzgado de Madrid le impuso 1.300 euros de multa.
En la sentencia contra Pablo Hasel, la Audiencia Nacional se hacía eco de jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH), el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo en la que, según la sentencia, "late de una manera patente, que el discurso del odio no está amparado por la libertad de expresión en un Estado democrático". El tribunal comunitario sostiene que "al tratarse de la formulación de pensamientos, ideas y opiniones, su argumento viene delimitado porque no haya expresiones indudablemente injuriosas".
Por su parte, el Tribunal Supremo establece que, "para restringir los derechos de libertad ideológica y libertad de expresión requiere una justificación que solo podría ser hallada cuando colisione con unos bienes jurídicos defendibles que se revelen acreedores de una mayor protección, según la doctrina seguida por el Tribunal Constitucional".
De este modo, precisa el Alto Tribunal que la libertad de expresión "no se encontrará bajo protección constitucional" cuando consista en actos que "en el desarrollo de ciertas ideologías, vulneren otros derechos fundamentales con la difusión de ideas violentas sustentadas en la religión que invitan indirectamente a la comisión de delitos de terrorismo, lo que implica un riesgo de lesión de bienes jurídicos de capital importancia, como son la vida, la integridad física, la seguridad o la libertad".
Las variantes para castigar estas conductas
En sus canciones, Pablo Hasel usaba expresiones como: "no me da pena tu tiro en la nuca, 'pepero'. Me da pena el que muere en una patera. No me da pena tu tiro en la nuca, 'socialisto'. Me da pena el que muere en un andamio". En otra centraba sus iras en políticos concretos: "Siempre hay algún indigente despierto con quien comentar que se debe matar a Aznar", "¡Que alguien clave un piolet en la cabeza a José Bono!" o "¡Merece que explote el coche de Patxi López!".
En virtud de los mismos principios, la Guardia Civil llevó a cabo la denominada 'operación araña' en la que fueron detenidas una veintena de personas acusadas de enaltecer el terrorismo con comentarios como "el próximo 13 de mayo sería el cumpleaños de Miguel Ángel Blanco, pero oooh ETA le metió dos tiros en la chola" o "lástima que ya no haya ETA para que seas la nueva Irene Villa".
No obstante, la legislación contempla distintas variantes para perseguir este tipo de conductas. Cristina Cifuentes pidió cuatro años de cárcel para su agresor al que acusaba de un delito de amenazas en concepto de inductor y otro contra la integridad moral en concepto de autor e inductor.
En concreto, lo que estudian los ministerios de Interior y Justicia no es la introducción de nuevos delitos o endurecer penas en el Código Penal, sino que en su articulado se recoja la potencialidad que tienen estas redes sociales y formas de comunicación social a la hora de cometer estos delitos, según han explicado a Europa Press fuentes ministeriales.