España

Las claves del euro por receta: ¿puedo negarme a pagarlo?

  • Tras Cataluña, la medida entra en vigor en la Comunidad de Madrid


La tasa de un euro por receta implantada por el Gobierno de la Comunidad de Madrid comienza a aplicarse en las farmacias a partir de este miércoles, 2 de enero, para las recetas expedidas a partir de esta fecha.

Se trata de una medida polémica que ya se aplica en Cataluña y que el Gobierno central no ve con buenos ojos. De hecho hace escasos días el propio Mariano Rajoy, haciendo balance del año 2012, recordaba que el Gobierno ya ha recurrido, en el caso de Cataluña, el euro por receta al Tribunal Constitucional y que lo mismo hará en el caso de Madrid.

Teniendo en cuenta que cada uno tiene su propia opinión sobre el tema... ¿qué pasa si un ciudadano decide no pagar esta tasa? Desde elEconomista hacemos un repaso de los puntos más importantes del euro por receta:

¿Qué es el euro por receta y dónde se abona?

Se trata de una cantidad que deben abonar los usuarios de la Comunidad de Madrid cuando se les dispensa un producto a través de una receta oficial del Servicio Madrileño de Salud, en una farmacia de la comunidad. El importe es de un euro por cada receta y se abona en la misma farmacia, siempre y cuando la receta haya sido emitida con posterioridad al 1 de enero de 2013.

Si en la misma receta se prescribe más de un envase, la tasa se aplica por receta dispensada, es decir, un euro por receta, y es independiente del número de envases prescritos en ella.

¿Quién está obligado a pagar la tasa y quién está exento de ella?

Todos los usuarios a los que se les dispense un producto financiado en una receta oficial del Servicio Madrileño de Salud deberán abonar el euro por receta, salvo las siguientes excepciones:

a) Perceptores de pensiones no contributivas.

b) Personas perceptoras de rentas de integración social.

c) Afectados de síndrome tóxico.

d) Personas con discapacidad que obtuvieron su derecho a la asistencia sanitaria a través de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, conocida como LISMI.

e) Parados que han agotado el derecho a percibir el subsidio de desempleo, en tanto subsista dicha situación.

Además, están exentos del pago los tratamientos derivados de accidentes de trabajo o enfermedad profesional.

¿La tasa se aplica a todos los productos?

Sí, salvo que el precio de venta al público (PVP) del producto prescrito en receta oficial sea igual o inferior a 1,67 euros, IVA incluido. Afecta por tanto a todas las recetas del SERMAS en las que se prescriban medicamentos, productos sanitarios, fórmulas magistrales, vacunas individualizadas antialérgicas y bacterianas, y productos dietéticos.

¿Existe un tope en el abono de la tasa?

Sí. Se establece un tope de pago anual de 72 euros por usuario. De tal manera que si un paciente llega a este tope máximo deja automáticamente de pagar esta tasa de un euro por receta en las posteriores dispensaciones que se realicen en el año natural.

¿Los pacientes de otras Comunidades Autónomas tienen que pagar la tasa por receta?

Sí, en el caso de que las prescripciones a estos pacientes se hayan realizado en receta oficial del Servicio Madrileño de Salud, y se dispensen en oficinas de farmacia de la Comunidad de Madrid. No, si las prescripciones se han realizado en recetas oficiales de otras Comunidades Autónomas y se dispensan en oficinas de farmacia de la Comunidad de Madrid.

Pero... ¿qué pasa si decido no pagar la tasa?

La farmacia está obligada a dar el medicamento porque se trata de una tasa. Si en la farmacia se negasen a dispensarlo nos estarían "denegando la asistencia" y esto es denunciable.

En caso de negarnos a pagar esta tasa de euro por receta tendremos que rellenar un formulario (es obligatorio que lo facilite la propia farmacia). En él deberemos apuntar nuestro NIF, nombre y apellidos, dirección y código postal, nuestro teléfono y el código CIP de la tarjeta sanitaria. En este punto, por cada receta deberemos rellenar uno de estos formularios.

Según confirman desde el sindicato de Comisiones Obreras el recargo podría ser de 20 céntimos. Es decir, por cada euro que no paguemos nos podrían reclamar un euro y 20 céntimos.