España

Hacienda no obligará a documentar las operaciones vinculadas de menos de 250.000 euros

  • La modificación del Impuesto sobre Sociedades da un respiro a las pymes
  • Excepciones: operaciones en paraísos fiscales y venta de negocios o inmuebles


El Ministerio de Economía y Hacienda ha iniciado hoy el trámite de información pública del proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades en materia de documentación de las operaciones vinculadas. Así, se cumple con el Pacto de Zurbano, que daba al Gobierno un plazo de tres meses para modificar la regulación de las obligaciones de documentar las operaciones entre empresas, para demostrar que éstas se realizaron a precios de mercado.

Según esta modificación, se exime expresamente de tal obligación a aquellas empresas cuya cifra de negocio durante el ejercicio fiscal no superara los ocho millones de euros, siempre y cuando el importe conjunto de las operaciones vinculadas realizadas por la empresa en dicho periodo no superaran los 100.000 euros.

El proyecto de Real Decreto publicado hoy va un paso más allá en esta simplificación. En concreto, establece un umbral mínimo de 250.000 euros por debajo del cual, con carácter general, no resultará necesario cumplir con las obligaciones de documentación exigidas por el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.

Excepciones

Esta regla general estará limitada por algunas excepciones, de forma que dicha exoneración no será operativa cuando dichas operaciones se formalicen con personas o entidades residentes en paraísos fiscales, con personas físicas que tributen bajo el régimen de estimación objetiva o bien en aquellos supuestos en los que se transmitan negocios, carteras, inmuebles o se realicen operaciones con intangibles.

Así, en la práctica esta nueva regulación liberará a la inmensa mayoría de pequeñas empresas de cumplir con las obligaciones formales relacionadas con las operaciones vinculadas que realicen en su actividad empresarial habitual.

También se libran las operaciones de empresas de un mismo grupo

Asimismo, se extenderá dicha exoneración a las operaciones que se realicen entre agrupaciones de interés económico o uniones temporales de empresas para cualquier operación que realicen con una entidad del mismo grupo fiscal al que pertenezcan sus miembros.

El periodo de información pública se prolongará durante siete días hábiles a contar desde el día de hoy, durante los cuales los agentes implicados podrán formular las observaciones que consideren oportunas al proyecto.