Energía

La nueva interrumpibilidad pone en jaque a la industria



    El Ministerio de Industria ya ha elaborado, a través de Red Eléctrica, una propuesta de subasta para fijar el incentivo de la interrumpibilidad (servicio que recibe la industria intensiva en consumo de energía por desenchufarse del sistema en momentos de punta de demanda). La propuesta de reglas de subasta, a la que tuvo acceso elEconomista, pretende reducir en 200 millones el coste de este servicio y que represente un total de 550 millones de euros como coste del sistema eléctrico.

    Como novedad se deja atrás el tradicional sistema del Ministerio de Industria de fijar una cantidad a priori para todo el año. Ahora, la industria pesada tendrá que competir por lograr cobrar por este servicio y se utilizará un sistema de subasta denominado reloj descendente. El mecanismo se llevará a cabo a través de varias convocatorias independientes, en las que en cada una de ellas se celebrarán sucesivas subastas de producto hasta cubrir el requerimiento previsto a adjudicar en dicha convocatoria. Se subastarán dos productos de potencia interrumpible, uno consistente en reducciones de demanda de 5 megavatios (MW) y otro, de 90 MW.

    Se pondrá a disposición de todos los participantes, y en concreto de los pujadores, las denominadas Instrucciones a los Pujadores para la participación en las subasta de producto. Dicha información se remitirá al menos 15 días naturales antes de la fecha de la convocatoria. No obstante, durante cada convocatoria no se dará información a los pujadores de los precios de adjudicación de los distintos productos.

    Por ello, el principal problema que presenta este sistema es que puede resultar muy opaco y poco transparente porque una vez que un pujador o industria se retire de una de las rondas no conocerá el precio al que se está ofertando. Los participantes tendrán que ir retirándose de las rondas para concurrir en los precios más bajos y acceder a la interrumpibilidad. Además, no habrá límite mínimo de precio sobre el producto por el que pujan.

    En este sentido, la propuesta especifica que los pujadores sólo recibirán información sobre el precio de puja descendente, de ronda en ronda del producto subastado. Una vez retirado el pujador, y no resultando adjudicatario del producto en la subasta, ?no dispondrá de más información sobre la subasta de dicho producto y la próxima información que recibirá será el preaviso de inicio de la siguiente subasta de un producto?. Al finalizar cada subasta de un producto, sólo el pujador adjudicatorio conocerá el precio de adjudicación del producto que le ha sido adjudicado.

    A partir del precio de salida, el importe irá bajando cada ronda a razón de un escalón de bajada de precio previamente establecido. El escalón de bajada de precio de puja de cada ronda, tanto para el producto de 5 megavatios como para el de 90 megavatios, será publicado a través de la web de la convocatoria.

    Si todos los pujadores excepto uno se han retirado, se dará la subasta del producto por concluida. Este último pujador no retirado será el adjudicatario del producto y el precio de adjudicación será el precio de puja al que se retiró.

    Por otro lado, si todos los pujadores se retiran, se dará la subasta del producto por concluida y se produciría un empate entre los pujadores retirados dentro de la última ronda. En este caso, se procederá al desempate.

    En cada convocatoria, se celebrarán varias subastas de producto de precio descendente en una serie de rondas, bajo supervisión de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Tan sólo Red Eléctrica y la CNMC conocerán las pujas realizadas en el mercado de cada subasta de un producto.

    Cada producto lleva asociadas tres opciones de interrupción del suministro en respuesta a una orden de REE, que son una de ejecución instantánea, otra con preaviso mínimo de 15 minutos y otra con preaviso mínimo de dos horas.

    Criterios económicos para aplicar la medida

    Con la nueva orden, la reducción de potencia podrá ser tanto por motivos técnicos, esto es, por una emergencia, como por motivos económicos, que se producen cuando esta interrupción procura un menor coste para el sistema que la aplicación de los servicios de ajuste del sistema. Hasta el momento, tan sólo se podía efectuar por razones de emergencia. Las compañías modulan su producción todos los días en función de las necesidades que requiere Red Eléctrica.

    La aplicación del servicio de interrumpibilidad por criterios económicos se realizará por cantidad mínimas de 200 megavatios/hora y máximas de 500 megavatios/hora, siempre que la necesidad de balance del sistema sea superior a 3.000 megavatios hora de energía a subir, con una necesidad de energía de regulación terciaria superior a 500 megavatios hora.

    Para la aplicación del servicio se valorará que la ejecución de la opción de reducción de demanda, con la consideración de toda la liquidación asociada, dé lugar a una reducción de al menos un 10 por ciento del coste total de la energía a subir, gestionada en esa hora.

    Por último, antes de que transcurran 24 horas desde el momento de cierre de la subasta, y una vez sea confirmado por la CNMC que el proceso se ha realizado de forma objetiva, competitiva y no discriminatoria, Red Eléctrica hará públicos los resultados.

    Cada proveedor de servicio conocerá los bloques de cada producto que le han sido asignados para la temporada eléctrica y esta asignación tendrá carácter vinculante para los proveedores que hayan participado en la subasta.

    Red Eléctrica deberá remitir a la Secretaría de Estado de Energía y a la CNMC, en el plazo máximo de una semana desde la celebración de cada subasta, la información relativa a los proveedores que hayan resultado adjudicatarios de la misma, la cantidad y el tipo de producto ofertado por cada uno de ellos y la cantidad finalmente adjudicada, así como los precios que resulten para cada uno de ellos.

    Críticas de la industria electro-intensiva

    Algunas patronales de gran consumo energético, como la Unión de Empresas Siderúrgicas (Unesid) ya ha recurrido ante los tribunales la Orden Ministerial publicada el pasado 31 de octubre, que modificó el régimen de interrumpibilidad para grandes consumidores eléctricos solicitando y que dio el mandato a Red Eléctrica para realizar esta propuesta de subasta.

    En concreto, esta patronal solicitó la suspensión cautelar de la medida por los graves daños que su implantación puede suponer para la industria siderúrgica española, que corre el riesgo de cierres definitivos de instalaciones.

    En un estudio encargado a KPMG se concluye que el nuevo mecanismo de interrumpibilidad para los grandes consumidores puede elevar entre 15,5 y 17,8 euros por megavatio hora (MWh) el precio de la electricidad para las plantas siderúrgicas, lo que implica incrementos cercanos al 30 por ciento sobre el mercado.

    Según Unesid, para algunas empresas el nuevo mecanismo supondrá pasar de un beneficio bruto de explotación (Ebitda) positivo a otro negativo, lo que las dejará fuera del mercado y puede hacer inviable su actividad. En concreto, el recorte al incentivo alcanzará el 80 por ciento en las plantas más modulables.

    Este recorte en el servicio de la interrumpibilidad se suma a la pérdida de competitividad por los altos precios de la electricidad, cuya subida absorbe todos los ahorros de la reforma laboral? alcanzados en las empresas con ajustes de plantillas, salarios y producción.

    Precisamente este sector reclama una política industrial común europea y que haga frente al ascenso de potencias como China, Brasil o incluso Estados Unidos, que ha conseguido reducir exponencialmente el coste energético gracias a la proliferación de los hidrocarburos no convencionales.

    La cara de la moneda para la industria viene del lado de las mejoras en fiscalidad a través de la Ley de fiscalidad medioambiental 16/2013, en la que se introdujo una exención del 85 por ciento del impuesto eléctrico a varios sectores electro-intensivos, entre ellos, el cemento, el aluminio y la metalurgia.

    Este guiño supone un ahorro para la industria de 3 euros por cada megavatio consumido y tiene como finalidad aplicar la Directiva 2003/96 que sentó las bases para armonizar la fiscalidad sobre los productos energéticos y la electricidad y aligerar así la factura eléctrica.

    Artículo incluido en la edición de marzo de la revista Energía. Suscríbase gratis y recibirá la publicación todos los meses.