Energía

Claves del borrador de la Hoja de ruta del autoconsumo


    Luis Ques

    El autoconsumo eléctrico de fuentes de energía renovables ha encontrado un aliado en el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia que la Unión Europea ha puesto en marcha. Así, para seguir recibiendo los fondos comunitarios, España debe cumplir el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia aprobado, en el que se asumen compromisos e hitos concretos de muy variadas materias, incluido el autoconsumo.

    No puede sorprender que el autoconsumo de fuentes de energía renovables sea un elemento del Plan, teniendo en cuenta que una de sus principales banderas es el tránsito hacia una economía verde y resiliente. En este contexto, cabe destacar que el autoconsumo, permite avanzar en la descarbonización de la economía, contribuyendo a una mayor concienciación respecto del consumo energético, así como una generación eléctrica descentralizada y menos dependiente de infraestructuras.

    Pues bien, de acuerdo con el hito número 108 del Plan, España se comprometió a elaborar la Hoja de Ruta del Autoconsumo (renovable), en la que deben definirse una serie de medidas, cuyo cumplimiento exige, a su vez, el hito número 109 del Plan. Actualmente, esta norma se encuentra en tramitación, habiéndose sometido su borrador a un trámite de información pública que concluirá el próximo 29 de noviembre.

    Del borrador de Hoja de Ruta publicado, cabe destacar el análisis que efectúa y las iniciativas más relevantes que recoge. En cuanto a la faceta de análisis, preocupan las reticencias que todavía suscita el autoconsumo, principalmente derivadas de una percepción de complejidad y de ausencia de un rédito económico suficiente en los proyectos.

    También cabe destacar que, hasta ahora, la principal dificultad para ejecutar un proyecto de autoconsumo renovable en edificios en régimen de protección horizontal estribaba en las exigentes mayorías exigibles en la junta de vecinos. Pues bien, en virtud de la modificación introducida mediante el Real Decreto-ley 19/2021, ahora basta con mayoría simple de la junta, computándose como votos favorables los de comuneros ausentes que no se manifiesten en contra en un plazo breve. Además, el borrador de Hoja de Ruta prevé la introducción de nuevos ajustes normativos, en caso de que la experiencia revele alguna dificultad adicional.

    Por lo que se refiere a la apreciación de la conveniencia económica de implantar el autoconsumo renovable, la principal medida se refiere a los incentivos que están empezando a lanzarse en la ejecución del Plan por las Comunidades Autónomas, a partir de una orden de bases estatal publicada el pasado julio. Asimismo, el borrador de Hoja de Ruta apunta a la necesidad de que se desarrolle un nuevo ecosistema empresarial que oferte nuevos productos y servicios dirigidos a la financiación, construcción, gestión y optimización de las instalaciones de autoconsumo. Para ello, el borrador plantea iniciativas dirigidas a la divulgación y la orientación; la formación en perfiles especializados, así como el fomento de la participación ciudadana.

    En cuanto a tal participación, cabe destacar las posibilidades que ofrecen las comunidades energéticas locales, previstas en la normativa comunitaria, como vehículo para organizar estructuras de autoconsumo colectivo con una masa suficiente como para mejorar o contribuir al desarrollo de tal ecosistema. Dado que el borrador de Hoja de Ruta no contempla ninguna medida normativa, parece descartarse la creación, por vía legislativa, de nuevos tipos de entidades jurídicas que permitan servir de vehículo, precisamente, a tales comunidades energéticas locales.

    En consecuencia, la implantación de comunidades energéticas locales deberá pasar por el empleo de alguno de los tipos de entidades actualmente existentes. En este sentido, aunque la sociedad cooperativa puede adaptarse bien a algunos supuestos, quizá la asociación es la figura más flexible para acoger una comunidad energética local.

    En este sentido, la regulación actual del derecho de asociación contiene la prohibición de que una Administración Pública tenga una posición de dominio en la asociación a la que pertenezca. Pues bien, en determinados contextos, puede resultar conveniente que una Administración Local ejerza una función moderadora de una comunidad energética, proporcionando la confianza que el autoconsumo renovable y sus negocios vinculados todavía no han logrado. En consecuencia, resultaría razonable una modificación normativa que permitiera esa posición prominente de administraciones en comunidades energéticas locales.

    Continuando con otras medidas, el borrador de Hoja de Ruta prevé que la instalación de generación de autoconsumo conectada a la red pueda estar a cualquier tensión, eliminándose la restricción de que la conexión fuera a baja tensión. Además, cabe señalar la exoneración de garantías para solicitar el acceso y conexión en instalaciones de autoconsumo con excedentes, con potencia no superior a 100 KW, lo que se podría considerar como la principal novedad regulatoria que avanza el borrador, tras las reformas recientes aprobadas.

    La flexibilización de la tensión de conexión a la red facilitará que edificios de las administraciones, en muchas ocasiones servidos con tensiones que no son bajas, puedan acoger instalaciones de autoconsumo renovable, permitiendo aprovechar mejor sus cubiertas. Además, la reforma puede constituir una pieza relevante para la constitución de comunidades energéticas locales, que podrían inducir la implantación de otras instalaciones de autoconsumo cercanas, contribuyendo así a la formación de una masa crítica que favorezca la maduración del autoconsumo como producto y su consolidación como elemento clave de nuestro sistema eléctrico.