Empresas y finanzas

El Supremo rechaza los recursos de Abertis por la duplicación de vías

  • Por los tramos paralelos a las autopistas AP-68, en Aragón, y a la AP-4, en Andalucía

Javier Mesones

El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación presentados por Abertis contra la construcción de dos autovías paralelas a las autopistas de peaje AP-68 y AP-4 que gestiona la concesionaria catalana. El Alto Tribunal ratifica así las sentencias previas de la Audiencia Nacional, que había rechazado sendos recursos contenciosos administrativos de la concesionaria contra la aprobación definitiva de los estudios informativos elaborados por el Ministerio de Fomento correspondientes a la duplicación del tramo de la N-232 entre Figueruelas y Mallén, en Zaragoza, y el de la N-IV entre Los Palacios y Villafranca (Sevilla) y Jerez de la Frontera (Cádiz).

En dos recientes sentencias, a las que ha tenido acceso elEconomista, el Tribunal Supremo ha fallado en contra de los dos recursos de casación trasladados por Avasa y Aumar, sociedades controladas por Abertis y que explotan, respectivamente, la AP-68 Bilbao-Zaragoza y la AP-4 Sevilla-Cádiz.

En el caso del desdoblamiento de la N-232, Abertis estimó que el tramo referido "es paralelo y funcionalmente equivalente a la AP-68" y "constituye una alternativa gratuita a la autopista", al tiempo que la aprobación del estudio informativo presenta numerosas irregularidades". Entre ellas, considera que no se tuvo en cuenta "la alternativa consistente en aprovechar la calzada de la AP-68", a pesar de que la concesionaria había "propuesto la utilización gratuita de la autopista".

Mientras, en el caso de la duplicación del tramo entre Los Palacios y Jerez de la Frontera, la concesionaria Aumar sustentó su recurso en "la naturaleza arbitraria y caprichosa del proyecto, en cuanto elimina, de manera injustificada, la alternativa relativa a la utilización de la AP-4, inicialmente considerada como la alternativa más favorable". Asimismo, motivó la demanda en que "el estudio de tráfico contenido en el estudio informativo no cumple con los requisitos para ser considerado como tal; y en que, por último, el estudio informativo es inválido y debe ser anulado por no haber contemplado la afectación que la construcción y puesta en servicio de la actuación producirá a la concesión de Aumar".

En ambos casos, Abertis considera que se han vulnerador diferentes artículos de la legislación vigente, incluido el Reglamento General de Carreteras y la Constitución Española. Sin embargo, ni la Audiencia Nacional ni el Tribunal Supremo han estimado las reclamaciones del grupo que ahora controlan ACS y Atlantia.

La construcción de autovías alternativas paralelas es una de las razones que constructoras y concesionarias han expuesto para explicar el incumplimiento de las previsiones de tráfico en las autopistas de peaje que han quebrado en los últimos años y cuya gestión ha sido asumida por Fomento.