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Justicia elaborará y publicará una lista de los bienes inmatriculados por la Iglesia Católica

  • ¿Que son los bienes inmatriculados? ¿Cuántos tiene la Iglesia Católica?
  • La Iglesia podría tener que tributar por bienes que no destine al culto
Imagen: Dreamstime.

elEconomista.es

El Ministerio de Justicia "está procesando los datos para la realización del listado" de bienes inmatriculados por la Iglesia Católica y "se prevé que, una vez finalizado, se proceda a su publicación de forma que se garantice el cumplimiento de la Ley Hipotecaria y la Ley Orgánica de Protección de datos", según ha afirmado el Gobierno.

Esto abre la puerta a que el Estado y las administraciones puedan recuperar la titularidad de algunos de estos bienes o si no tengan la posibilidad de recaudar impuestos sobre aquellos inmuebles no destinados al culto pertenecientes a la Iglesia.

¿Qué son los bienes inmatriculados?

Se trata de las posesiones que la Iglesia ha ido inscribiendo a su nombre en el Registro de la Propiedad. Y es que una reforma de la Ley Hipotecaria aprobada en 1988 por parte del Gobierno de José María Aznar otorgaba la potestad a la Iglesia Católica de acreditar la propiedad de templos o lugares de culto. Algo que a juicio del diputado del PSOE Antonio Hurtado ha permitido a la Iglesia inmatricular bienes de dominio público "sin necesidad de acreditar su propiedad".

El Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero en 2006 obligó a la Iglesia a pagar el IVA por las actividades no religiosas o educativas, como exigía la UE, a cambio de incrementar la asignación del IRPF a la Iglesia del 0,52% al 0,7%.

Y más adelante, en el año 2014, se reformó la Ley Hipotecaria eliminando la posibilidad de inmatricular bienes de la Iglesia a través del artículo 206 entendiendo que ya había habido tiempo más que suficiente para inmatricular todos aquellos bienes que la Iglesia poseía desde tiempo inmemorial sin título escrito.

Menos bienes o más impuestos

Esta lista que está elaborando el ministerio de Justicia forma parte de la respuesta que ha dado el Gobierno al diputado socialista Antonio Hurtado al preguntar por el tema. Y en palabras de Hurtado sería "el punto de partida para poder recuperar parte de esos bienes, que, según el vicesecretario de Asuntos Económicos de la Conferencia Episcopal, Fernando Giménez Barriocanal, pueden estar en torno a los 40.000 en todo el territorio nacional".

Una vez elaborada la lista de bienes de la Iglesia, Hacienda podría recaudar más impuestos. Y es que de todos lo inmuebles propiedad de la Iglesia, hay algunos exentos del pago de tributos y otros que deben hacerlo.

Según el Acuerdo con la Santa Sede de 1979 los destinados a culto religiosos están exentos del pago del impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), el de donaciones y limosnas, el de Sucesiones, Donaciones y Transmisiones Patrimoniales, el Impuesto de Sociedades, el de actividades económicas, contribuciones especiales y el de obras.

Sin embargo, el resto de bienes de la Iglesia deben pagar los impuestos que correspondan según cada caso.

La Iglesia no tiene ningún régimen fiscal especial, único o distinto a otras entidades. Al igual que oenegés y otras instituciones, asociaciones o fundaciones del sector no lucrativo está sujeta a la Ley de Mecenazgo (Ley 49/2002) que describe en su web.