Tribunal UE rechazó recurso Castell del Remei en registro marca
Bruselas, 25 oct (EFECOM).- El Tribunal de Primera Instancia de la UE rechazó hoy el recurso de las bodegas leridanas Castell del Remei contra la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), que se negó a registrar la marca "ODA" tras la demanda presentada por las riojanas Bodegas Roda.
En su decisión, los jueces de la UE creen que, tanto en el plano visual como en el fonético, ambas marcas guardan relación, respaldando así los argumentos de la OAMI en un recurso presentado anteriormente por la demandante.
"Resulta obligado observar que, en el plano visual, la marca cuyo registro se solicita, ODA, y la marca internacional anterior 'Roda' son bastante similares", señala el tribunal en su sentencia.
Asimismo, considera que en el plano fonético "ambos signos presentan también una cierta semejanza".
El caso hace referencia a la solicitud de registro presentada por en mayo de 2000 por Castell del Remei para la marca "Oda", petición a la que presentó oposición en abril de 2001 las "Bodegas Roda", asociada a cuatro marcas: una primera "Roda", de alcance internacional, y otras tres -Bodegas Roda, Roda I y Roda II- de alcance nacional.
Tras oponerse la OAMI a registrar la marca, Castell del Remei presentó un recurso ante el propio organismo, que fue desestimado en octubre de 2004, por lo que la bodega leridana pidió al Tribunal de Primera Instancia de la UE que anulara tal decisión.
Los jueces de la UE también recordaron hoy que una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, que declaró la inexistencia de similitud visual y fonética entre dichas marcas "no es pertinente" en el caso, ya que "el régimen comunitario de marcas es un sistema autónomo cuya aplicación es independiente de todo sistema nacional". EFECOM
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