El Tribunal de la UE confirma la multa a Deutsche Telekom y hace temblar a Telefónica
El efecto, denominado "efecto tijera", era que los precios que sus rivales ofrecían a los consumidores eran forzosamente mayores que los del operador histórico, porque éste les privada de margen salvo que optaran por incurrir en pérdidas.
'Mega multa' a Telefónica
Bruselas impuso una multa de 12,6 millones de euros a Deutsche Telekom (DTE.XE). Multa que fue recurrida por la teleco pero que hoy ha sido confirmada por la justicia comunitaria
La sentencia de ayer desmonta dos de los argumentos con los que Telefónica (TEF.MC) critica la 'mega multa' de 152 millones de euros que Bruselas le impuso en julio de 2007, multa que la teleco española recurrió inmediatamente ante la justicia comunitaria.
La sanción, como en el caso alemán, fue impuesta por presunto abuso de posición dominante. En el caso español se trataba del mercado hispano de la banda ancha.
Telefónica se defiende señalando que la intervención de Bruselas crea inseguridad jurídica, porque la empresa estaba cumpliendo las exigencias del regulador español del sector: la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT).
La defensa
En su sentencia de ayer, el Tribunal "recuerda que las decisiones de las autoridades nacionales en virtud del Derecho comunitario de las telecomunicaciones no afectan en ningún caso la competencia de la Comisión Europea para constatar infracciones contrarias al Derecho de la Competencia". En el caso alemán, antes de la irrupción de Bruselas, ya había terciado la RegTP (Regulierungsbehörde für Telekommunikation und Post, en español Autoridad Reguladora de Telecomunicaciones y Correos).
Telefónica también rechaza la cuantía ejemplarizante de la multa: la considera excesiva puesto que se trata de 152 millones de euros, frente a los 12,6 que le cayeron a los alemanes, y a los 10,35 de France Télécom. Aunque la diferencia era mucho menor, Deutsche Telekom también se quejó del aumento de su multa respecto a casos precedentes.
Y la sentencia de este jueves establece: "A este respecto, procede recordar en primer lugar que, según reiterada jurisprudencia, el hecho de que la Comisión haya impuesto en el pasado multas de determinado nivel por ciertos tipos de infracciones no puede privarla de la posibilidad de aumentar dicho nivel [...] si ello resulta necesario para garantizar la aplicación de la política comunitaria de competencia. La aplicación eficaz de las normas comunitarias sobre la competencia exige, en efecto, que la Comisión pueda en todo momento adaptar el nivel de las multas a las necesidades de esta política".