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UGT estima que más de 100.000 prejubilados catalanes mejorarán su pensión



    Lleida, 9 enero (EFECOM).- Un total de 109.479 trabajadores catalanes que se jubilaron anticipadamente antes del 1 de enero de 2002 podrán acogerse a la medida aprobada recientemente por el Gobierno que permite mejorar sus jubilaciones anticipadas, según ha informado hoy el sindicato UGT.

    Del total de personas beneficiarias de Cataluña, un total de 93.001 residen en la provincia de Barcelona; 7.475 en Girona; 2.365 en Lleida, y 6.638 en Tarragona.

    La mejora de estas jubilaciones queda recogida en las Medidas en Materia de Seguridad Social que fueron aprobadas por el Congreso de los Diputados el pasado mes de noviembre y posteriormente publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

    A partir de la publicación en el BOE de las medidas, que tuvo lugar el pasado 5 de diciembre de 2007, la Seguridad Social tiene un plazo de 3 meses para reconocer este derecho, por lo que UGT recomienda que si los beneficiarios no han recibido la pertinente comunicación de la Seguridad Social, inicien las gestiones para lograrlo, por ejemplo a través del sindicato.

    La disposición aprobada por el Gobierno establece que los trabajadores que con anterioridad al 1 de enero de 2002 causaron derecho a pensión de jubilación anticipada cuando su edad estuviera comprendida entre los 60 y los 64 años, ambos inclusive, tendrán derecho a una mejora de su pensión, con efectos desde 1 de enero de 2007.

    Entre los requisitos que establece la Seguridad Social para optar a esta mejora de pensión se encuentran los siguientes.

    En primer lugar, que se acrediten, al menos, 35 años de cotización, y en segundo lugar que la extinción del contrato de trabajo a partir del cual ha tenido acceso a la jubilación anticipada se haya producido por causa no imputable a la libre voluntad del trabajador.

    La mejora de la pensión consistirá en un incremento de su importe íntegro mensual variable según la edad del trabajador tenida en cuenta para la determinación del coeficiente reductor del porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión. EFECOM

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