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Supremo confirma archivo cesiones, pero acusación recurrirá al Constitucional



    Madrid, 3 dic (EFECOM).- El pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo decidió por mayoría el archivo del caso de las cesiones de crédito, en el que estaba imputado el presidente del Banco Santander, Emilio Botín, aunque la acusación popular que recurrió al Alto Tribunal lo hará también en el Constitucional.

    El pleno jurisdiccional de esta Sala confirmó así el sobreseimiento del caso de las cesiones de crédito -en el que estaban acusados Botín, otros tres ejecutivos del banco y 21 clientes- decidido el pasado 20 de diciembre por la Audiencia Nacional.

    Este fallo del Tribunal Supremo puede tener implicaciones en otros casos -como en el que se sigue contra el lehendakari en Tribunal Superior de Justicia del País Vasco- pues trata de delimitar el papel de las acusaciones populares en las causas que se instruyen como procedimiento abreviado, que son casi el 95 por ciento de las investigaciones judiciales en España.

    De hecho, el abogado Iván Hernández, que representa a la Asociación para la Defensa del Inversor y los Clientes (ADIC) -asociación que presentó el recurso de casación junto al Grupo Parlamentario de Iniciativa per Catalunya Verds,ICV-, indicó que el fallo conocido hoy es "una salvajada".

    A su juicio, con la decisión del Tribunal Supremo, se "violan derechos fundamentales" como el "derecho a la tutela judicial efectiva" o "el derecho constitucional a la acusación popular del procedimiento abreviado" y, por eso, añadió, "no estaremos solos en el recurso ante el Constitucional".

    El representante de ADIC agregó: "detrás de nosotros vendrán el Foro de Ermua, la Asociación de Víctimas del Terrorismo y el de organizaciones de consumidores".

    Precisamente, varias organizaciones de consumidores fueron críticas hoy con esta decisión que influirá en su derecho a ejercer la acusación popular en el futuro con delitos económicos ya que, según la Unión Nacional de Consumidores y Amas de Hogar (UNAE), crea "un precedente negativo".

    Hace casi un año, el caso fue sobreseído por la Audiencia Nacional por entender que en los procedimientos abreviados, que se siguen contra delitos penados con menos de nueve años de prisión, "no puede abrirse juicio oral solo a instancias de la acusación popular, sino que es necesario que lo inste bien el Ministerio Fiscal bien el acusador particular".

    Así, se dejó sin efecto el auto de apertura de juicio oral dictado por la jueza Teresa Palacios a instancias solo de la acusación popular encabezada por la ADIC, que denunció un posible perjuicio patrimonial de 84 millones de euros, pues la acusación de Iniciativa per Catalunya Verds no presentó su escrito a tiempo.

    La Audiencia Nacional archivó el caso por considerar que el ejercicio de la acusación popular debe estar limitado "en cuanto a su alcance, extensión y contenido", hechos que pudieron haber sido confirmados por la sentencia del Supremo, cuyo contenido íntegro no se conocerá hasta dentro de unos días.

    El fallo del Supremo, al igual que la sentencia del Constitucional, se produjo en línea con lo expresado por el fiscal Vicente González Mota y las 24 defensas de los imputados, quienes reclamaban que no se iniciase el juicio oral.

    Estas partes entendían que carecía de legitimidad la acusación encabezada por ADIC, que la defensa de Botín liga a Rafael Pérez Escolar, condenado por el caso Banesto, y que pedía 180 años de cárcel para el presidente del Banco Santander.

    Después de 15 años de investigación, la Audiencia Nacional archivó el procedimiento sobre la presunta responsabilidad de Botín y los directivos del banco Rodrigo Echenique, José Ignacio Uclés y Ricardo Alonso Clavel.

    Preguntados por Efe, ni el Banco Santander ni la acusación de Iniciativa per Catalunya Verds (ICV) quisieron valorar este fallo del Tribunal Supremo. EFECOM

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