Empresas y finanzas
TDC multó a grandes superficies por firmar un acuerdo horizontal
Bilbao, 25 may (EFECOM).- El presidente del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC), Luis Berenguer, explicó hoy que las cuatro grandes superficies multadas por dicho tribunal vulneraron la Ley al establecer entre ellas "un acuerdo horizontal" que limitaba la competencia entre distribuidores de bebidas alcohólicas.
En declaraciones a los medios tras participar en un encuentro entre presidentes de Tribunales de Defensa de la Competencia en Bilbao, Berenguer se refirió a la sentencia del TDC, hecha pública ayer, que multaba a El Corte Inglés, Alcampo, Carrefour y Mercadona por haber concertado políticas comerciales al imponer a sus suministradores un sistema homogéneo de seguridad.
Según dijo, dichas empresas exigían a los proveedores de bebidas alcohólicas que crearan un sistema de seguridad para evitar los robos, a través de la instalación de etiquetas antihurto en origen.
Berenguer argumentó que "el acuerdo horizontal entre competidores está prohibido", ya que supone limitar la competencia de los distribuidores y fabricantes, a quienes "se les obligaba a asumir los costes de la seguridad de los mecanismos antirrobo", con lo que se infringía el artículo uno de la Ley de Defensa de la Competencia.
La sentencia impone una multa para cada una de las mencionadas empresas de distribución de 75.000 euros y ordena la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado y en dos diarios de información económica.
La Federación Española de Industrias de Alimentación y Bebidas (FIAB) denunció en 2002 que las citadas cadenas de distribución imponían a sus suministradores un sistema de seguridad para los productos que, por su tamaño o costo, lo justificaran. EFECOM
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