Empresas y finanzas
La Audiencia rechaza la petición de E.ON de suspender de manera urgente la opa de Acciona y Enel
La Audiencia estima que no ha lugar a adoptar medidas de especial urgencia cuando la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), órgano supervisor de los mercados, ha establecido que Enel y Acciona no pueden formular una opa antes de seis meses a contar desde que se liquide la oferta presentada por E.ON, el próximo 16 de abril.
La Audiencia Nacional no ha entrado aún en el fondo de la cuestión planteada por E.ON. La empresa germana impugnó en su demanda las resoluciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) que permiten a Enel y Acciona lanzar su OPA dentro de seis meses alegando que "tal prohibición no debe estar limitada en el tiempo", puesto que la actuación de las dos compañías ha sido "considerada ilegal" por el supervisor bursátil.
En su denuncia, E.ON también impugna "la pasividad" de la CNMV ante las recientes comunicaciones de Enel y Acciona, y reclama que el tribunal "les prohíba realizar cualquier comunicación que perturbe la OPA de E.ON".
Acciona y Enel también han presentado sendos recursos ante la Audiencia Nacional contra la resolución del regulador que les impide lanzar su oferta sobre Endesa hasta dentro de seis meses. Acciona y Enel argumentan que la actual Ley de opas obliga a un accionista a formalizar una oferta cuando sólo o de forma concertada superan el 25% del capital social de una empresa.