Empresas y finanzas

Juzgado Ávila anula cláusula pago fracción y la hace extensiva a resto España



    Ávila, 6 feb (EFECOM).- El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Ávila declaró nula la cláusula del pago por hora o fracción que aplicaba hasta el pasado 31 de diciembre la empresa Cintra Aparcamientos, en un aparcamiento de la ciudad, y ha hecho extensivos sus efectos al resto de casos similares que se produzcan en España.

    Así lo dio a conocer esta mañana en rueda de prensa Javier Rodríguez, presidente de la Unión de Consumidores de Ávila (UCA), organización que presentó hace un año en esta misma instancia judicial una "acción de cesación" para que dicha cláusula fuera anulada.

    Rodríguez recordó que aunque existe un precedente similar por parte de la Audiencia Provincial de Madrid, que anulaba el cobro de los aparcamientos públicos por este mismo motivo, el fallo del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Ávila resulta "importantísimo", porque la sentencia "plantea la extensión a cualquier ámbito".

    Lo "novedoso" en este caso es que su aplicación "no tiene limitación", insistió Rodríguez, quien añadió que desde el pasado 1 de enero Cintra cobra a los usuarios por minuto.

    El fallo dictado el pasado 2 de febrero estima "en su integridad" la demanda de la UCA y declara "nula la cláusula o fracción de las condiciones generales de los contratos de adhesión celebrados por la demandada -Cintra- con los usuarios, relativos al uso del aparcamiento de la Plaza del Mercado Grande".

    Asimismo condena a la empresa a "eliminar de sus condiciones generales la cláusula o fracción y a cesar en su utilización".

    "Debo declarar y declaro que conforme a la legislación de protección de los consumidores y usuarios, la declaración ha de surtir efectos procesales no limitados a quienes hayan sido partes en el proceso", concluye esta sentencia, contra la que cabe interponer un recurso de apelación hasta el próximo viernes.

    Según el abogado de la UCA, Juan Ángel Martín, los efectos que produce esta sentencia se extienden "fuera del ámbito" de Ávila, de manera que "serían nulas las concretas aplicaciones de cláusulas similares" en otros lugares de España, por lo que "cualquier consumidor "podría hacer valer este fallo en supuestos parecidos".

    No obstante, aclaró que dicha sentencia puede "colisionar" con la nueva Ley de Consumidores y Usuarios, que "prohíbe cobrar por hora o fracción", aunque establece una "moratoria de entre seis u ocho meses".

    Por otra parte, aclaró que "la firmeza del fallo" estará en función de un posible recurso de apelación de la parte demandada o de que ésta no plantee dicho recurso. EFECOM

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