Economía/Empresas.- La CE anima a los países de la UE a otorgar incentivos fiscales a la I+D
Propone coordinar las políticas fiscales en la UE para incentivar proyectos transfronterizos
BRUSELAS, 22 (EUROPA PRESS)
La Comisión Europea adoptó hoy un nuevo menú de supuestos en los que los Estados miembros podrán autorizar ayudas públicas en el ámbito del I+D para "estimular" las inversiones en este sector, de manera que le consagren la mayor parte de sus presupuestos y, al mismo tiempo, que la financiación se centre en los mejores proyectos.
Fuentes comunitarias indicaron que el nuevo marco, que entrará en vigor en 2007, incluye medidas "para dar una forma más específicas" a las ayudas públicas destinadas a I+D y que actualmente no representan más que el 15% del total.
Para impulsar las ayudas en este sector, la Comisión amplía el marco actualmente en vigor, "limitado" a las ayudas a I+D, para dar cabida también a ayudas para proyectos de innovación, que serán autorizadas cuando cumplan con tres condiciones: que la ayuda "remedie una debilidad de mercado claramente delimitada", que esté "bien dirigida" y sea "proporcional al problema que hay que resolver", y, en tercer lugar, que sean compatibles con la legislación comunitaria por lo que respecta a distorsiones del mercado.
Así, la Comisión enumeró los objetivos que pueden perseguir las ayudas públicas en el campo de I+D para que puedan ser autorizadas por los Estados miembros, entre los que se encuentran las destinadas a apoyar proyectos de I+D, a estudios de factibilidad técnica, destinadas a cubrir gastos de propiedad intelectual de PYMEs, a empresas jóvenes innovadoras, a favor de la innovación en el sector servicios, para asesoramiento y apoyo a la innovación, para la contratación de personal altamente cualificado por parte de PYMES, y ayudas a polos de innovación.
Asimismo, el nuevo marco se propone también mejorar el control de las ayudas de Estado por parte de la Comisión, de manera que los países puedan concentrarlas en los casos más susceptibles sin que esto dé lugar a distorsión de la competencia. Para ello, Bruselas realizará una investigación más exhaustiva en los casos con riesgos más elevados, normalmente porque la suma de dinero sea mayor.
INCENTIVOS FISCALES
Por otra parte, la Comisión adoptó una comunicación relativa a los incentivos fiscales en que se traducen en algunas ocasiones las ayudas públicas que otorgan los Estados miembros al sector del I+D y propuso una mayor coordinación entre los Gobiernos europeos para que los distintos sistemas fiscales no supongan un obstáculo a los cada vez más numerosos proyectos de investigación desarrollados por organismos de distintos países.
Bruselas constata que las exenciones fiscales en sus diversas formas según países y casos concretos "se han convertido en uno de los principales instrumentos" para fomentar el I+D, un fenómeno paralelo al hecho de que la industria está cada vez más abierta a desarrollar proyectos con entidades de un país diferente al de su sede. Al mismo tiempo, afirma que "el paisaje europeo en materia de tratamiento fiscal del I+D es cada vez más complejo", ya que implica la "colaboración transeuropea".
Por este motivo, propone para el debate de los Gobiernos europeos una serie de ámbitos en los que sí podría llevarse a cabo una armonización de las normas fiscales que permitan los incentivos a proyectos transnacionales.
El primero es para el apoyo de "grandes proyectos transnacionales de I+D", una tendencia cada vez más común pero para la que aún existen dificultades para movilizar de forma sincronizada los fondos públicos de distintos Estados miembros. La Comisión propone a los países a "levantar los obstáculos para la realización de proyectos transnacionales de investigación", por ejemplo, "mejorando el uso y coordinación de incentivos fiscales" o "aplicando definiciones comunes en materia de I+D".
Por lo que respecta a las "jóvenes empresas innovadoras", la Comisión estima que los incentivos en este ámbito un "efecto positivo" y afirmó que las ayudas pueden tener forma de "incentivos sobre el impuesto de sociedades" o "de naturaleza temporal para el pago de cargas sociales ligadas al empleo de personal altamente cualificado".
FUNDACIONES
Por otra parte, el documento se refiere también a las fundaciones de investigación, entidades privadas que tienen como objetivo fomentar el conocimiento científico mediante las donaciones que hacen dirigidas a actividades de I+D desarrolladas por organismo de utilidad pública.
La Comisión constata que, aunque hay casos en Europa, el potencial de las fundaciones está "subexplotado" en comparación con Estados Unidos y considera "indispensable" mejorar las condiciones fiscales aplicables a las donaciones a fundaciones de naturaleza transfronteriza así como establecer una "definición común" en la UE sobre las "obras de utilidad pública".
Por este motivo, alienta a los Gobiernos para que adopten una "política común" por lo que se refiere al "tratamiento fiscal de las fundaciones", así como una "definición de organismo de utilidad pública".
Bruselas propone también sobre las exenciones fiscales que pueden autorizarse para fomentar la movilidad de los investigadores por los distintos países, que podrían tomar la forma de incentivos a las instituciones que los acogen "con el objetivo de cubrir el coste real de la movilidad".
Por otra parte, la comunicación recoge una práctica que se da "particularmente" en España y Francia, consistente en que las empresas pueden demandar un certificado de su capacidad de desarrollar actividades de I+D con los que pueden acogerse a incentivos fiscales. Bruselas estima que esta práctica debe extenderse a "empresas del sector instaladas en otros Estados miembros" para evitar discriminaciones territoriales que serían ilegales.
Asimismo, la Comisión se compromete a estudiar las normas que rigen las exenciones de IVA debido a actividades de I+D, en especial por lo que respecta a "las restricciones" a la deducción del IVA por gastos en I+D o al diferente tratamiento que se da a organismos públicos y privados.
También apuntó que, a más largo plazo, será necesario fijar una "definición fiscal del I+D y de la innovación" en toda la UE y un "tratamiento fiscal favorable en el marco del asiento común consolidado para el impuesto de sociedades".