Su nula actuación hace responsable al Estado, según argumentan los querellantesmadrid. Un grupo de afectados de Afinsa, que a través del bufete González-Grano de Oro han interpuesto una querella contra el Estado, como publicó ayer elEconomista, han vuelto a dirigir un escrito al juez en el que ponen de manifiesto la nula actuación del Banco de España y destacan su responsabilidad en la presunta estafa filatélica.Según el escrito, al que ha tenido acceso este periódico, "el Banco de España conocía las actividades de Afinsa desde hace ocho años, lo que, a la vista de su nula actuación para evitar que prosiguiera el gigantesco fraude de Afinsa, demuestra, aún más, la innegable responsabilidad civil subsidiaria del Estado (...)".Los querellantes aseguran que "Afinsa estaba operando fraudulentamente como una entidad financiera... sin estar registrada ni poder operar legalmente como una entidad financiera".En la querella que este bufete interpuso ante el juez Santiago Pedraz el pasado 9 de octubre, se resalta algo que el Banco de España, a juicio de los querellantes, tenía que haber supervisado. Afinsa, en algunos folletos publicitarios, se hacía llamar "entidad nacional de ahorro-inversión en bienes tangibles". Esa denominación está más cercana a un banco que a una empresa que, supuestamente, comercializaba con sellos.OmisiónLa querella, que se dirige contra el Estado por su supuesta responsabilidad, pone de ejemplo dos casos en los que el Banco de España sí intervino para que dejaran de utilizar una denominación fraudulenta. El caso de la Caja Hipotecaria de Valores, donde el organismo dependiente de Economía abrió un expediente disciplinario por usar ese nombre sin tener autorización. También resalta un caso similar en la Caja de Crédito Andaluza. Un portavoz del Banco de España explicó ayer a este periódico que en el organismo tienen unos nombres reservados que sólo pueden utilizar bancos, cajas y otras entidades autorizadas. Pero la ley no establece una lista cerrada y son los servicios jurídicos del Banco de España los que determinan que un nombre concreto no puede ser utilizado por una entidad que no se somete a su supervisión. En el caso de la empresa filatélica, el Banco de España no debió apreciar confusión para los consumidores, porque nadie del organismo le requirió para que dejara de utilizar esa denominación.En el escrito enviado ayer, el bufete ahonda en esa tesis. Está probado que, como consecuencia de la investigación del Servicio de Prevención de Blanqueo de Capitales (Sepblac), Afinsa entregó en 1998 al Banco de España un documento donde explicaba su actividad y los "productos", así como otro informe relativo "a la modalidad de inversión filatélica y anexos".Según el escrito, al recibir tales documentos, el Banco de España estaba obligado a intervenir en Afinsa inmediatamente, por el imperativo de la ley 26/1998 de Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, "dado que de esos documentos resulta claro que Afinsa estaba operando fraudulentamente como una entidad financiera sin estar registrada".