Los bancos podrán contar con varios socios para comercializar pólizas El Gobierno aprobó ayer el proyecto de ley sobre la nueva normativa de distribución del seguro, por el que se ampliará la protección de los clientes y se limitará la venta asociada de productos con las pólizas o primas. Según indicó el Ejecutivo, tras la reunión del Consejo de Ministros, "se introduce el concepto de ventas vinculadas y combinadas, es decir, aquellas que ofrecen productos de seguros conjuntamente con otros servicios o productos distintos de los seguros como parte de un mismo paquete o acuerdo". En este caso, "el distribuidor de seguros deberá informar si los distintos componentes pueden adquirirse de forma separada, e indicarle los correspondientes justificantes de los costes y gastos de cada componente", sostiene en una nota el Ejecutivo. La regulación es fruto de la transposición de una directiva europea, por la que se refuerzan las normas de conducta y transparencia y se establecen requisitos adicionales para la distribución de productos de inversión basados en seguros. En este sentido, las compañías deben informar al asegurado de todos los costes y gastos asociados; advertir sobre los riesgos conexos a los productos de inversión basados en seguros o a determinadas estrategias de inversión; y proporcionar una evaluación periódica de la idoneidad del producto de inversión cuando ofrezcan asesoramiento. El proyecto de ley también tiene por objeto modificar la estructura del sector, que afectará a 3.200 corredores y 77.000 agentes. Una vez entre en vigor la nueva normativa, se considerarán también distribuidores a las propias entidades, a los mediadores complementarios y a los comparadores. Asimismo, se permitirá a los bancos contar con varios socios de seguros en el mismo ramo de actividad. Los mediadores, establece la directiva, podrán servirse de sitios web para informar a los clientes comparando precios o coberturas de las pólizas.