Considera inconstitucionales varias competencias que se asignan a la Generalitatmadrid. Cuando parecía que la cajas de ahorros catalanas ya estaban fuera de las críticas por las competencias que el Estatuto de Cataluña otorga a la Generalitat en esta materia, el Defensor del Pueblo vuelve a poner su supervisión en entredicho. En el recurso que ha sido admitido a trámite por el Tribunal Constitucional contra determinados preceptos de la Reforma del Estatuto de Autonomía de Cataluña, esta institución considera inconstitucional la mayor parte del artículo 120 del Estatut relativo a las cajas de ahorros de la región. En concreto, que la Generalitat tenga competencias sobre la determinación de los órganos rectores de estas entidades y de la forma en que los distintos intereses sociales deben estar representados; que pueda intervenir en el estatuto jurídico de los miembros de los órganos rectores y de los demás cargos de las cajas, en el régimen jurídico de la creación, la fusión, la liquidación y el registro; y que ejerza las potestades administrativas en las fundaciones que creen, así como en la regulación de las agrupaciones de cajas con domicilio en Cataluña. ¿Por qué es inconstitucional? Según el Defensor del Pueblo, representado por Enrique Múgica, el legislador orgánico especial "no se limita a hacer lo que está constitucionalmente facultado", sino que determina el contenido que "supuestamente asigna la Constitución". Y continúa, "de lo que se trata no es de que la Generalitat asuma competencias sobre más o menos materias (...), sino de que el Estatuto determine el contenido mínimo de cada materia". Por esta razón, el Parlamento calatán está aprobando, "en violación de una constante doctrina del tribunal Constitucional", normas meramente interpretativas de la Constitución, explica el Defensor. Además, con esta actitud está predeterminando, sin estar facultado, la decisión de las restantes comunidades autónomas, "que quedarán vinculadas por la interpretación supuestamente auténtica de la Constitución llevada a cabo por la Cortes al aprobar el nuevo Estatuto". Además de todos estos argumentos, que se repiten contra 64 artículos del Estatuto (todos los referentes a las competencias de la Generalitat), Múgica considera que, con esta actitud, el Parlamento catalán está predeterminando negativamente el ámbito de la legislación básica del Estado y "alterando la capacidad de decisión del legislador autonómico". Todos estos razonamientos, Múgica -que ahora está en el ojo del huracán porque el Congreso debatirá su reprobación- los hace extensibles a otras competencias de la Generalitat sobre las cajas, como la regulación de la distribución de los excedentes y de su obra social, así como el seguimiento del proceso de emisión y distribución de cuotas participativas (acciones sin derecho de voto). El debate sobre el control en las diez cajas de ahorros catalanas vuelve a reabrirse.