Entre las principales novedades que implican a los clientes minoristas están que a partir de enero de 2018 verán las comisiones que pagan en euros, no en porcentaje, y que dispondrán de una mayor transparencia al contratar un producto que sabrán con seguridad que es idóneo para ellosLa normativa europea Mifid II trae consigo grandes cambios para las entidades financieras y esos cambios se trasladan también a los inversores. Analizamos las principales novedades que notarán los que hoy tengan en cartera los títulos financieros incluidos en la norma y los que vayan a tenerlos a futuro. 1. ¿Cuándo entra en vigor? Entra en vigor el 1 de enero de 2018. Una vez publicado el borrador de la trasposición de Mifid a la ley española, el texto tiene que pasar por un periodo de Audencia Pública que se cierra el 18 de septiembre, debatirse en el Consejo de Estado, en el Consejo de Ministros y, por último, en el Parlamento. Un recorrido largo que puede provocar que la normativa no esté traspuesta al sistema español a tiempo. Esto, sin embargo, no retrasará su entrada en vigor, prevista para toda Europa para el 1 de enero de 2018. 2. ¿A quién y a qué productos afecta? La nueva normativa afecta directamente a todas las empresas que ofrezcan servicios financieros y a todos los inversores que compren títulos financieros, aunque hay productos que se excluyen de la normativa. En concreto, Mifid II afecta a la mayoría de productos de inversión, como son los depósitos estructurados, las acciones, los bonos, los fondos de inversión, los certificados e instrumentos derivados, pero no incluye los planes de pensiones ni los seguros de vida utilizados como ahorro o inversión. Tampoco afecta a los productos de crédito de forma general. 3. ¿Cuál es el mayor cambio? La directiva vela por mejorar la protección de los inversores y por aumentar la transparencia que reciben cuando adquieren un producto financiero por lo que la calidad del servicio mejorará. Uno de los grandes cambios es que a partir de enero de 2018, los inversores que compren fondos de inversión verán desglosado lo que pagan en concepto de comisiones y se diferenciarán las que son de gestión, de depositaría, de distribución, transacción… Además, lo verán, ya no en porcentaje, sino en euros. 4. ¿Qué modelos de negocio dejará Mifid II? La directiva diferencia, además, entre tres modelos de servicio: comercialización, asesoramiento independiente y asesoramiento dependiente. Las entidades deberán elegir qué modelo de negocio siguen y adecuar su negocio a ello ya que las retrocesiones (comisiones que las gestoras retroceden a las redes de distribución) estarán prohibidas para los asesores independientes y también para quien realice un servicio discrecional de cartera, mientras que en asesoramiento no independiente o de comercialización se permiten retrocesiones cumpliendo una serie de supuestos (ver página 10). El último gran cambio se refiere a la tipología de cliente. Se definen tres tipos: minorista, institucional o contraparte elegible y en cada producto se especificará para qué tipo de perfil se dirige y también indicará para qué tipo de clientes no se recomienda el producto en sí. 5. ¿Se asumirá más papeleo? Sí, aunque el grueso de los mismos dependerá del servicio financiero que contrate el inversor. Por ejemplo, las entidades que ofrezcan solo un servicio de comercialización estarán obligadas a grabar las conversaciones con sus clientes y en caso de que estos contraten productos complejos deberán pasar un test de conveniencia. En los modelos de asesoramiento independiente, no independiente y de gestión discrecional de carteras, el inversor deberá pasar un test de idoneidad para evaluar sus conocimientos y situación financiera y sus objetivos de inversión. 6 ¿Será más caro comprar fondos? Dependerá del servicio que se contrate. En los que se permite el cobro de retrocesiones, se espera que los costes se mantengan mientras que en asesoramiento independiente y gestión discrecional se pagará por el asesoramiento de manera explícita y a cambio se accederá a clases limpias de fondos que son más baratas. No obstante, el coste del asesoramiento estará sometido a un IVA del 21 por ciento.