El BOE ha publicado el Real Decreto 564/2017, que define lo que España entiende por edificio de consumo de energía casi nulo y reduce las exenciones anteriormente vigentes para que ciertos edificios, como los históricos, reciban la certificación energética, porque eran demasiado extensas. Con la publicación se termina de trasponer la Directiva 2010/31/UE de eficiencia energética de los edificios, y se debería cerrar un expediente abierto por Bruselas contra España por el retraso. Criteros técnicos El nuevo decreto apunta que las características de los edificios de consumo de energía casi nulo -deben consumir muy poco y abastecerse con energía renovable producida in situ o en el entorno- sean las que determine en cada momento el Código Técnico de la Edificación. También incluye la obligación de que todos los inmuebles nuevos de titularidad pública que vayan a estar ocupados sean de consumo casi nulo después del 31 de diciembre de 2018.