Utilizó de forma recurrente una marca en la serie 'Velvet'La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sancionó ayer a Atresmedia con 200.030 euros por sobrepasar los límites de emplazamiento publicitario en la conocida serie Velvet que emitía Antena 3. Competencia considera probado que la compañía cometió una infracción administrativa grave con carácter continuado por emplazamientos del producto Coca-Cola que incumplen los requisitos establecidos en la Ley General de Comunicación Audiovisual. El organismo supervisor asegura en un comunicado que se utilizó la marca "de forma recurrente en varios capítulos de la serie". Añade, además, que en algunos de ellos se dotó a la marca de una prominencia excesiva dentro de las escenas en las que se incluye el emplazamiento. Los capítulos a los que se refiere el organismo que preside José María Marín Quemada se emitieron durante septiembre de 2015 y diciembre de 2016. La Ley General de Comunicación Audiovisual estipula que un emplazamiento no puede condicionar la responsabilidad ni la independencia editorial del prestador del servicio de comunicación audiovisual ni tampoco puede incitar directamente a la compra o arrendamientos de bienes o servicios, ni realizar promociones concretas de estos o darles prominencia indebida. Plazo de dos meses Atresmedia dispone ahora de un plazo de dos meses para interponer un recurso contencioso-administrativo contra la resolución de Competencia ante la Audiencia Nacional. El organismo inició la investigación el pasado 22 de febrero tras apreciar una "prominencia indebida" de la marca dentro de la serie y una influencia en el guión, ya que, según consideró, incitaba directamente a la compra del producto. Desde la fecha del inicio del expediente, Atresmedia tuvo un plazo de 15 días para presentar alegaciones.