El expresidente valenciano hizo una factura a Sedesa por un “trabajo inexistente”El expresidente de la Generalitat Valenciana y de Bancaja, José Luis Olivas, y el empresario Vicente Cotino -sobrino del exconseller, expresidente de las Cortes Valencianas y exdirector general de la Policía, Juan Cotino- han sido condenados a año y medio de cárcel y sendas multas de 151.800 euros por delitos de falsedad en documento mercantil y contra la Hacienda Pública. La titular del Juzgado de lo Penal Número 6 de Valencia, Begoña Estañ, cree probado que actuaron de “forma fraudulenta”, con la “simulación de prestación de asesoramiento y gestión” por parte de Imarol, sociedad de Olivas, a Sedesa Inversiones, empresa de Cotino, “trabajo inexistente” por el que Imarol facturó 500.000 euros más IVA (580.000 euros). En su auto, absuelve a la esposa de Olivas, Mercedes Álvarez, administradora de Imarol, porque considera que actuó “por indicación de su marido, único y verdadero gestor de la sociedad”. Olivas y Cotino deberán, además, indemnizar “de manera conjunta y solidaria” con 150.000 euros a la Agencia Tributaria. El auto de la magistrada explica que Sedesa Inversiones contabilizó ese presunto pago a Olivas y “se redujo, de forma fraudulenta, la base imponible del Impuesto de Sociedades del ejercicio fiscal 2008”, dejando así de ingresar a Hacienda esa cantidad. Informe “contundente” Estañ destaca que su sentencia se sustenta en el “detallado, contundente, riguroso e imparcial informe emitido por los técnicos de Hacienda sobre el carácter ficticio del trabajo facturado”, que contradice los documentos y testimonios de los acusados, que, en todo momento, insistieron en que sí se realizó. La juez señala que Olivas y Cotino se pusieron de acuerdo para elaborar su versión y la documentación en la que apoyarla: un informe de tres páginas, que se demostró que fue elaborado y firmado en 2013 -cinco años después de la operación-, y una factura falsa. Frente a ello, destaca que no se han encontrado ni “contrato, ni concreción de los trabajos, ni directrices, ni valoraciónes de los mismos, ni correos electrónicos, ni faxes entre Imarol y Sedesa Inversiones, ni documento alguno que relacione el pago de los 500.000 euros con el concepto de servicio de la factura”. Los peritos que testificaron en el juicio explicaron que ni Olivas ni Imarol aparecen como intermediarios en la negociación para la venta a Endesa del 25 por ciento que Sedesa tenía en Proyectos Eólicos Valencianos (Pevsa). Esta operación -por la que también se interesó Iberdrola- se cerró por 39,3 millones, junto a la venta del 20 por ciento de Bancaja en Pevsa. Estañ cree que Olivas usó la información sobre la misma, “a la que tuvo acceso como presidente de Bancaja”. Por ello, la juez concluye que se desconoce “la causa y finalidad del dinero” dado por Sedesa a Imarol. Los condenados cuentan con diez días para recurrir la sentencia.