El fallo, primero de estas características, avala al Consistorio de Terrassa El Juzgado Contencioso Administrativo número 10 de Barcelona ha emitido una sentencia favorable al Ayuntamiento de Terrassa en la que desestima el recurso presentado por Bankia contra el expediente sancionador por viviendas vacías. El Ayuntamiento de Terrassa acordó en junio de 2014 un expediente sancionador para forzar a la entidad a que ocupara una de las viviendas vacías de su propiedad que tenía en la ciudad. Se trata de la primera sentencia que se dicta en España por esta cuestión. El consistorio ha celebrado esta sentencia que avala la imposición de multas coercitivas a entidades con viviendas desocupadas durante más de dos años, después de que Terrassa fuera pionera en este ámbito, y espera que la resolución sea un "empuje" para otras ciudades. "Es una victoria legal de gran trascendencia, porque por primera vez se nos da la razón en un ámbito que no tiene precedentes y en el que algunas partes interesadas han cuestionado nuestra actuación", aseguró ayer el alcalde Jordi Ballart. "Significa un paso adelante muy importante para nosotros y también un mensaje de esperanza para todas las personas que llevan años reclamando una vivienda digna, esperemos que sea un impulso para los ayuntamientos que también han decidido emprender estas acciones legales", explicó Ballart, según Efe. La sentencia expone que los expedientes están "sólidamente" fundamentados y "reafirma" todo el procedimiento institucional para demostrar que la vivienda estaba vacía y reclamar que la entidad la ocupara, amparándose en la Ley de la Vivienda de Cataluña. El Ayuntamiento de Terrassa fue el primero en abrir expedientes a bancos con pisos vacíos e imponer multas coercitivas, la primera en 2013. Con esta iniciativa el consistorio buscar forzar a las entidades a ocuparlas o cederlas como vivienda social. En la actualidad, hay abiertos 802 expedientes y 56 recursos contenciosos en curso.