Cree que requerir experiencia a sus directivos perjudica a las compañías nuevasEl anteproyecto de la Ley que regulará la solvencia y supervisión de las aseguradoras fija ciertos parámetros que penalizan, por falta de modulación, a las firmas pequeñas, denunció ayer la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). En un informe al texto que transpondrá una directiva europea censura que se fije un requisito igual de capital social con independencia de la magnitud de la entidad y la exigencia de experiencia para los directivos de las compañías como garantía de un buen sistema de gobierno. Según el organismo debe valorararse la competencia profesional de los responsables "con criterios objetivos más allá de la experiencia, pues de lo contrario se corre el riesgo de perjudicar a las empresas de reciente creación", que con frecuencia disponen de personal de menor trayectoria profesional "pero que podría ser igual o más competente". El anteproyecto contempla su ponderación de acuerdo al tamaño y complejidad de la compañía, sin objetivarlo. La CNMV insta a exigirlo con proporcionalidad. Barreras de entrada El organismo de Competencia valora la adopción de normas europeas que nivelen el campo de juego del sector, al tiempo que abundan en garantizar una solvencia holgada para evitar riesgos y asegurar la necesaria protección de sus clientes. A su juicio, un funcionamiento "ágil y competitivo" de la industria es beneficioso para los consumidores y repercute en la sociedad. Sin embargo, alerta también de restricciones o barreras de entrada a corregir. De forma específida detecta unas discriminaciones entre compañías que quieran empezar a operar por cuanto se requiere autorización del Ministerio de Economía a aquellas con intención de comercializar pólizas de forma directa, permitiendo el acceso directo en régimen de libre prestación de servicios a reaseguradoras. El anteproyecto limita la actividad de las mutuas, sociedades cooperativas y mutualidades de previsión social a productos de prima fija, impidiendo la oferta cuando los importes difieren a lo largo de la vigencia del contrato -se encarecen por siniestralidad excesiva o aplican rebajas por nula incidencia-. Según Competencia, dicha restricción colisiona con la directiva, que lo permite exigiendo fondos propios complementarios para garantizar la protección adecuada de sus mutualistas o asegurados. Otro de los aspectos sobre los que pone el acento es que el anteproyecto exija a los promotores contratar un seguro de caución en garantía de que sus clientes recuperen la inversión realizada si no finalizan las viviendas como se habían comprometido, y exima a organismos públicos que puedan ejercer este negocio. "Debería valorarse -esta excepción- desde la óptica de las ayudas del Estado para evitar efectos negativos sobre la competencia del mercado", aconseja.