Además establecerá que el 90% de los dividendos del banco vayan a Obra SocialEl consejo de Gobierno vasco aprobó ayer el Anteproyecto de Ley de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias, que en principio se limita a trasponer la nueva regulación estatal en la materia, salvo en una cuestión competencial. Así mantiene para sí la vigilancia de ambos tipos de entidades, lo que en parte choca con la regulación del Ministerio de Hacienda. En el caso de las cajas de ahorros el Anteproyecto vasco indica que en "Inspección, sanción e intervención" el órgano competente será "el departamento del Gobierno Vasco competente en materia financiera" y en el caso de las Fundaciones Bancarias, el organismo que vigilará su funcionamiento será el Protectorado, el cual a su vez "será ejercido por el departamento del Gobierno Vasco competente en materia financiera, sin perjuicio de las funciones que le corresponden al Banco de España de conformidad con la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias". El Gobierno vasco se atribuye estas funciones en base a las competencias exclusivas previstas en el Estatuto de Autonomía sobre cajas de ahorros y ordenación de crédito, banca y seguros; además de haber ejercicio estas mismas funciones en las antiguas entidades. Sin embargo, estos preceptos del Anteproyecto de Ley vasco chocan con la Ley de Ordenación, Supervisión y Solvencia de Entidades de Crédito, aprobada por Cristóbal Montoro en junio de 2014, en que atribuye para el Estado el régimen de control de los Protectorados de las fundaciones bancarias cuando el ámbito de actuación de sus bancos exceda de su propia comunidad autónoma y supere ciertos requisitos. En base a dicha ley se entiende que el banco surgido de antiguas cajas tiene un "ámbito de actuación supra autonómico" cuando el 40 por ciento de sus depósitos proceda de otras autonomías. En ese supuesto, el control del Protectorado ya no sería ejercicio por la Comunidad Autónoma donde radica dicho banco o fundaciones bancarias, sino que pasaría a ejercerlo el Gobierno. Esta precisión no está recogida en el Anteproyecto de Ley vasco, lo que indica que el Gobierno vasco no contempla un escenario en el que pudiera perder el control de los protectorados de las tres fundaciones bancarias vascas. Este texto aún no es firme y a partir de ahora se abre la fase de consulta pública y alegaciones al mismo. Dividendos a Obra Social La regulación vasca en materia de Fundaciones Bancarias va más allá que la regulación del Estado en la determinación de los fondos a destinar por las fundaciones a Obra Social, aunque ello no supone ningún choque competencial. Mientras en la regulación general no se especifica el porcentaje de los dividendos del banco a destinar a este tipo de actividades, en el Anteproyecto vasco determina que ha de ser el 90 por ciento de los "excedentes de libre disposición". El matiz de "excedentes de libre disposición" es relevante, ya que aún está por definir por el Banco de España la dotación de los fondos de reserva que deberán hacer las fundaciones bancarias que ostenten el control de los nuevos bancos. Pero en un borrador de circular el supervisor indicaba que el 50 por ciento de los dividendos del banco irían a dotar el fondo de reserva. Una vez cubierto, el 90 por ciento del dinero remanente iría a Obra Social, según el Anteproyecto vasco.